Jurisprudencia Penal
Contenido
En el caso los peritos consideraron que el acusado padecía un trastorno de la personalidad,  de índole “paranoide”, o bien como “delirio pasional o celotípico”. Tanto el Tribunal de Juicio como la Cámara Penal, entendieron que en el momento del hecho el acusado no estaba en un estado de inimputabilidad. Sin embargo la Cámara, considerando, fundamentalmente la autocontradicción de los jueces del tribunal al analizar la "existencia de circunstancias extraordinarias de atenuación", resolvieron cambiar la calificación jurídica de homicidio agravado por el vínculo a la tipificada en el Art. 80 último párrafo del Código Penal.- 
Cita el Juez opinante un aval de la CSJ a la sentencia que ha abandonado “la pena absoluta de prisión perpetua” por la escala graduable del homicidio simple, a partir de “los aspectos subjetivos relevados en el fallo, que denotan una merma de culpabilidad por lo hecho” (causa: “Recurso de hecho deducido por el defensor de Mercedes Castillo en la causa ‘Castillo Mercedes por Homicidio agravado por el vínculo’”, sentencia del 17/03/09).-
La Cámara por unanimidad resolvió cambiar la calificación jurídica, decretando el reenvío para que la pena sea determinada conforme la nueva tipificación.-
Temas relacionados en el Fallo: Inimputabilidad - Valoración de la Prueba - Sentencias Judiciales - Culpabilidad
Del voto del Dr. Pintos