Jurisprudencia Penal
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Nota conexa

Concepto de “BANDA”
“...El concepto de banda que califica como agravante al delito de robo se refiere al modo de ejecución del injusto, y no se identifica ni es sinónimo del de asociación ilícita previsto en el art. 210 del C.P. La palabra “banda” debe interpretarse en su concepto usual, como un conjunto de personas que, en ciertos delitos, asume por sí una especial gravedad que la Ley debe computar en contra del delincuente por la mayor magnitud del peligro que implica esa participación conjunta para los bienes jurídicos en juego. El género “banda”, aludido en los arts. 166, 167 y 184 del CP, que como agravante califica el robo o el daño, exige fundamentalmente la comisión de un delito por tres o más personas cumpliendo actos de ejecución...”
“...sin necesidad de que tales partícipes integren a su vez una asociación ilícita de las que describe el art. 210 del CP. No obsta a la configuración de la agravante que los individuos no se hubiesen distribuido los roles puesto que integran la banda aquellas personas, que tomen parte en el ilícito, ya sea realizando actos de ejecución del tipo penal o prestando a estos un auxilio o cooperación sin los cuales no habría podido cometerse...”
“...banda sea considerada calificante del robo, es necesario que la pluralidad de sujetos que la constituye tengan por fin la de cometer ese ilícito determinado...”
COLOMA, José S. y otro p.s.a. Robo Agravado en poblado y en banda” (Expte. 20522 - Fº 222 - Año 2006) Año 2007.-   Texto Completo
 
Agravante por el número de miembros en Robo en Banda
"Este Tribunal tiene dicho ya in re “Yañez, Gustavo s/Robo, Expte. 129/04” que no es correcta tal equiparación memorando el fallo de la Cámara Criminal y Correccional de la Capital Federal en autos “Quiróz”, en el que se sostuvo que para la aplicación de la agravante es necesario un número mínimo de tres integrantes que tomen parte en la ejecución del hecho sin necesidad de que integren una asociación ilícita.".-
VERGARA, Víctor y otro p.s.a. Robo(Expte. 20.480-Folio 215-V-2006) 2006
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Concepto de "BANDA"
Sobre el particular diré que el hecho tal como ocurriera por sus características, revela la existencia de grupo de más de tres personas organizado, que han decidido en voluntad unificada y con una actitud común cometer el delito no siendo necesaria la estructura organizativa requerida en la asociación ilícita.
VERGARA, Víctor y otro p.s.a. Robo(Expte. 20.480-Folio 215-V-2006)
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