Rawson, 23 de Setiembre de 2025.-

 

VISTO:

         

        La Resolución D.G. N° 405/24 que establece el Marco de Actuación de los Centros de Atención de la Defensa Pública, la Resolución D.G. N° 198/25 que aprueba la Planificación Institucional para el año 2025, la Ley Orgánica V N° 90, y;

 

CONSIDERANDO:

        Que, la política institucional de la Defensa Pública contempla, como ejes permanentes, la profundización del trabajo territorial, la articulación interinstitucional, la capacitación de sus agentes y la difusión del servicio en todo el territorio provincial;

        Que, la capacitación territorial, la promoción del acceso a la justicia y el fortalecimiento del trabajo en red constituyen líneas de acción prioritarias para consolidar el rol de los Centros de Atención, especialmente en contextos de ruralidad y aislamiento;

        Que, la formación práctica, situada en territorio y basada en el intercambio de experiencias entre agentes de distintas localidades, constituye una estrategia idónea para fortalecer las capacidades institucionales y promover la transferencia de buenas prácticas;

        Que, el “Programa de Formación Territorial y Prácticas Institucionales para Centros de Atención”, cuyo texto se incorpora como Anexo I de la presente, tiene como objetivo brindar herramientas conceptuales y operativas que favorezcan el desarrollo de estrategias de intervención ajustadas a las particularidades de cada territorio, promoviendo el aprendizaje colaborativo y la articulación comunitaria;

        Que, a fin de garantizar una adecuada planificación y optimización de los recursos institucionales, resulta pertinente establecer un mecanismo formal mediante el cual las Jefaturas de las circunscripciones judiciales, así como las propias dependencias de la Defensoría General, puedan solicitar la implementación de experiencias en el marco del programa, presentando los objetivos, participantes, fechas tentativas y recursos necesarios para su desarrollo;

        Que, corresponde dotar a dicho programa de un marco regulatorio que formalice su implementación, defina su coordinación institucional, establezca los mecanismos de solicitud, seguimiento y evaluación, y garantice su difusión;

        Que, el procedimiento de este Programa también podrá ser utilizado para intercambio de experiencias entre integrantes de oficinas principales y/o complementarias; 

 

POR ELLO:

EL DEFENSOR GENERAL

RESUELVE

1°) APROBAR el “Programa de Formación Territorial y Prácticas Institucionales para Centros de Atención”, que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución.-

2°) ESTABLECER que la coordinación general del programa estará a cargo de la Secretaría de Coordinación y Política Institucional, con la participación de las Jefaturas de las circunscripciones judiciales, quienes tendrán a su cargo la planificación, autorización y acompañamiento de las acciones en territorio.-

3°) DISPONER que las Jefaturas podrán solicitar la implementación de experiencias en el marco del presente programa, mediante presentación fundada ante la Secretaría de Coordinación y Política Institucional, en la que se detallen los objetivos, agentes participantes, fechas tentativas y recursos necesarios. De igual modo, la Secretaría de Coordinación y Política Institucional en acuerdo con las Jefaturas, podrá ejecutar las experiencias antedichas.- 

4°) DETERMINAR que toda experiencia desarrollada en el marco del presente programa deberá contemplar:

a) Una etapa de intercambio en un Centro de Atención receptor, con actividades previamente planificadas y validadas por la Secretaría de Coordinación y Política Institucional.-

b) Una etapa de replicación en la localidad de origen, con acompañamiento presencial o virtual del equipo referente.-

c) La elaboración de un informe final conjunto que sistematice actividades, aprendizajes y dificultades, a fin de evaluar el impacto institucional.-

5°) ESTABLECER que el procedimiento de este Programa también podrá ser utilizado para intercambio de experiencias entre integrantes de oficinas principales y/o complementarias. En este caso se articulará la tarea con las Secretarías correspondientes de la Defensoría General.- 

6°) REGISTRAR, NOTIFICAR a todas las Secretarías, Direcciones, Áreas y Jefaturas intervinientes, ENVIAR al Digesto Digital para su publicación y, cumplido, ARCHIVAR.-

 

RESOLUCIÓN N° 563/25 D.G.-


 

                                 ANEXO I (Resolución N° 563/25 D.G.-)

PROGRAMA FORMACIÓN TERRITORIAL Y PRÁCTICAS INSTITUCIONALES PARA CENTROS DE ATENCIÓN

 

1. DENOMINACIÓN

Programa de Formación Territorial y Prácticas Institucionales para Centros de Atención.

2. FUNDAMENTACIÓN

En el marco de una política institucional orientada al fortalecimiento de los Centros de Atención de la Defensa Pública, el presente programa tiene como objetivo brindar herramientas prácticas y conceptuales que favorezcan el desarrollo de estrategias de intervención ajustadas a las particularidades de cada territorio, en especial en localidades con condiciones de ruralidad o aislamiento.

Esta iniciativa se enmarca en los lineamientos establecidos por el Defensor General de la Provincia en la Resolución D.G. N° 405/24 – Marco de Actuación de los Centros de Atención, que define criterios básicos para la labor de dichos centros y prioriza la capacitación territorial, la promoción del acceso a la justicia y el fortalecimiento del trabajo en red, en concordancia con las funciones centrales del Ministerio de la Defensa Pública, conforme a la Ley V N° 90.

3. OBJETIVOS

Objetivo general

Fortalecer las capacidades institucionales de los Centros de Atención mediante la formación territorial y el intercambio de experiencias entre agentes, promoviendo el aprendizaje colaborativo y el desarrollo de estrategias adaptadas a las realidades locales.

Objetivos específicos

  • Brindar herramientas prácticas para el abordaje institucional y comunitario en contextos de ruralidad y aislamiento.
  • Favorecer la articulación interinstitucional y el trabajo en red.
  • Promover la transferencia y replicación de buenas prácticas entre localidades.
  • Consolidar el rol de los Centros de Atención como referentes comunitarios en materia de acceso a derechos.

4. DESTINATARIOS

Agentes que prestan funciones en Centros de Atención ubicados en localidades del interior provincial, especialmente en aquellas con condiciones de ruralidad o aislamiento, que actúan como referentes comunitarios en la promoción de derechos, el trabajo articulado interinstitucional y el acceso a la justicia.

5. COORDINACIÓN INSTITUCIONAL

La implementación del programa estará a cargo de la Secretaría de Coordinación y Política Institucional, con la participación de las Jefaturas de las circunscripciones Judicial. Estos últimos tendrán un rol clave en la planificación, autorización y acompañamiento de las acciones en territorio.

6. MODALIDAD

El programa se desarrolla mediante experiencias presenciales de intercambio entre Centros de Atención, que contemplan la estadía temporal de agentes institucionales en un Centro de Atención distinto al de su localidad de origen.

Durante la estadía, los agentes participarán de:

  • Actividades vinculadas al acceso a derechos.
  • Tareas de trabajo comunitario.
  • Articulación con otras instituciones.
  • Atención a requirentes, consultas y asesoramientos.

7. ETAPAS DEL PROGRAMA

7.1. Etapa de Intercambio en Centro Receptor

La agente visitante se integrará al equipo del Centro receptor, participando de actividades previamente planificadas por la responsable del mismo.

La agenda de trabajo deberá ser elevada a la Secretaría de Coordinación y Política Institucional para su validación, a fin de garantizar la alineación con los objetivos estratégicos del programa y optimizar recursos.

7.2. Etapa de Replicación en Localidad de Origen

La agente visitante desarrollará, en su Centro de origen, iniciativas propias derivadas de lo aprendido, con el acompañamiento presencial o virtual de la responsable del Centro receptor.

8. SOLICITUD Y TRAMITACIÓN

La implementación del programa podrá ser solicitada por las Jefaturas de las circunscripciones, así como por las autoridades de la Defensoría General, cuando lo consideren necesario.

La presentación deberá efectuarse ante la Secretaría de Coordinación y Política Institucional, incluyendo como mínimo:

  • Objetivos de la experiencia.
  • Identificación de agentes participantes.
  • Fechas tentativas.
  • Recursos requeridos.

Recibida la solicitud, la Secretaría de Coordinación y Política Institucional la analizará y, de corresponder, la elevará a la Secretaría de Administración General para la implementación de la comisión de servicios y demás gestiones administrativas necesarias.

9. EVALUACIÓN

Al finalizar la segunda etapa, las agentes participantes deberán elaborar un informe conjunto que incluya:

  • Actividades realizadas.
  • Aprendizajes adquiridos.
  • Dificultades encontradas.

Este informe servirá como insumo para la evaluación institucional del impacto del programa y para definir su continuidad o ajuste.

10. SEGUIMIENTO Y AJUSTE

La Secretaría de Coordinación y Política Institucional, en conjunto con las Jefaturas intervinientes, realizará el seguimiento del programa y podrá proponer ajustes metodológicos, logísticos o de contenidos, a fin de optimizar su implementación y garantizar su sostenibilidad en el tiempo.

Año
2025