Rawson, 28 de febrero 2025
VISTO:
La Ley Nacional de Salud Mental N° 26.657, la Ley Provincial de Salud Mental I N° 384, la Resolución N° 843/2022 del Ministerio de Seguridad de la Nación, y la ausencia en la provincia del Chubut de un protocolo aprobado por el Ministerio de Seguridad que establezca pautas de intervención para las fuerzas policiales y de seguridad provinciales en situaciones que involucren a personas en crisis de salud mental y/o con consumo problemático en la vía pública; y
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 7 de la Ley Nacional de Salud Mental N° 26.657 establece que las personas con padecimiento mental tienen los mismos derechos humanos y libertades fundamentales que el resto de la población, y que la intervención del Estado debe garantizar su protección y dignidad.
Que, la Ley Provincial de Salud Mental I N° 384, en su artículo 34 Ter., establece centre las funciones del Órgano de Revisión Local la emisión de recomendaciones a los organismos competentes para mejorar la aplicación de la normativa vigente en salud mental y garantizar la protección de los derechos humanos de las personas usuarias del sistema de salud mental.
Que, la Resolución N° 843/2022 del Ministerio de Seguridad de la Nación aprueba las "Pautas de intervención para las Fuerzas Policiales y de Seguridad en situaciones que involucran a personas con crisis de salud mental y/o con consumos problemáticos en el espacio público", estableciendo criterios claros, progresivos y alineados con la perspectiva de
derechos humanos y el marco normativo vigente.
Que, la falta de un protocolo específico en la provincia del Chubut genera incertidumbre y dificultades operativas para las fuerzas policiales y de seguridad provinciales al momento de intervenir en estas situaciones, exponiendo tanto a las personas en crisis como a los propios agentes a riesgos evitables.
Que, en nuestra provincia se han registrado intervenciones policiales inadecuadas que han derivado en situaciones de violencia institucional, lesiones graves e incluso muertes de personas en crisis de salud mental, lo que subraya la necesidad de contar con lineamientos claros que prevengan estos desenlaces y orienten las intervenciones en función de la protección de la vida y la integridad de todas las personas involucradas.
Que, la ausencia de lineamientos también impacta negativamente en la articulación intersectorial con los dispositivos de salud y asistencia social, obstaculizando el acceso oportuno a los servicios especializados que permitan una atención integral de las personas en crisis.
Que, la existencia de un protocolo permitiría unificar criterios de actuación, reducir la discrecionalidad y la improvisación en las intervenciones, minimizar el riesgo de violaciones a los derechos humanos, mejorar la coordinación con los equipos de salud y asistencia social y fortalecer la capacidad de respuesta del Estado Provincial en la protección de las personas en crisis de salud mental.
Que, en el año 2023 desde el Ministerio de Seguridad se iniciaron trabajos para la elaboración de un protocolo provincial adaptado a la realidad de Chubut, los cuales resulta necesarios retomar y profundizar con la participación de los actores institucionales pertinentes, a fin de garantizar un abordaje adecuado y respetuoso de los derechos de las personas usuarias del sistema de salud mental y de aquellas que atraviesan situaciones de consumo problemático en la vía pública.
Que, la Resolución N° 843/2022 de Nación invita expresamente a los gobiernos provinciales a adherir a las Pautas de Actuación en la materia, promoviendo la estandarización de criterios de intervención en todo el país.
POR ELLO:
En virtud de las atribuciones conferidas por la Resolución administrativa N° 228/20-RRHH,
LA SECRETARIA EJECUTIVA
DEL ÓRGANO DE REVISIÓN PROVINCIAL DE SALUD MENTAL
RESUELVE
1.- Recomendar al Ministro de Seguridad de la provincia del Chubut la adhesión formal a la Resolución N° 843/2022 del Ministerio de Seguridad de la Nación, a fin de garantizar en la provincia la aplicación de pautas de intervención para las fuerzas policiales y de seguridad en situaciones que involucren a personas con crisis de salud mental y/o con consumos problemáticos en la vía pública.
2.- Proponer la conformación de una mesa técnica intersectorial integrada por representantes del Ministerio de Seguridad, la Secretaría de Salud, la Subsecretaría de Derechos Humanos y Géneros, el Órgano de Revisión Local de Salud Mental y otros actores pertinentes, con el objeto de retomar y fortalecer el trabajo iniciado en el año 2023 para la elaboración de un protocolo provincial que contemple las particularidades e idiosincrasia de la provincia de Chubut, garantizando su adecuación a los principios establecidos en la Ley Nacional de Salud Mental N° 26.657.
3.- Instar al Ministerio de Seguridad a incluir en la formación de las fuerzas policiales y de seguridad provincial contenidos específicos sobre salud mental y abordaje de crisis, con base en las pautas establecidas en la Resolución N° 843/2022 y en estándares de derechos humanos.
4.- Comunicar lo resuelto al Ministro de Seguridad de la provincia del Chubut, a la Legislatura Provincial, al Ministerio Público fiscal, a los/as integrantes del plenario y al señor Defensor General en su despacho.
5.- Protocolícese, DESE AL DIGESTO DIGITAL y cumplido ARCHIVESE.
RESOLUCIÓN N° 03/25 SE-ORL