Rawson, 6 de febrero de 2023.-

 

 

VISTO:

 

La vigencia en el ámbito de este Ministerio de la Defensa Pública del Programa de Pasantías, dictado en el año 1999 por la Procuración General de esta Provincia (RPG 16/99), por entonces cabeza de la Defensa Pública, los sucesivos convenios celebrados en su consecuencia con los Colegios Públicos de Abogados de Chubut y las contrataciones que a partir de los mismos se rubricaran entre este Ministerio y profesionales de la matrícula de las distintas circunscripciones provinciales; 

 

CONSIDERANDO:

 

Que, es un objetivo constante de esta Defensoría General contribuir a la optimización y el mejoramiento permanente de nuestros servicios, y, resultando necesario para ello, entre otros, fortalecer la capacidad operativa de nuestras Circunscripciones, se creará por la presente, el Programa de Capacitación y Formación de Jóvenes Abogados.

Que, a partir de su entrada en vigencia, quedará sin efecto la aplicación en este ámbito del Ministerio de la Defensa Publica, la Resolución de la Procuración General de la Provincia N° 16 del año 1.999, en todo aquello que oportunamente la misma definió como “Programa de Pasantías”.

Que este Ministerio Publico considera de interés institucional, en vistas al cumplimiento del objeto mencionado en el considerando de inicio, colaborar con la inserción laboral de los y las jóvenes profesionales de la Abogacía que se encuentren matriculados/as en alguno de los Colegios Públicos Provinciales, brindándoles capacitación, posibilidad de aprendizaje y construcción de experiencia en distintas facetas de la profesión, como, asimismo, una asignación periódica dineraria en carácter de incentivo.

Que los responsables del MDP en el ámbito de alguna de sus Jurisdicciones, que requieran la integración de un profesional al programa, deberán al solicitarlo ante la Defensoría General, elaborar un diagnóstico y mencionar, en una planificación simplificada, cuales son las habilidades técnicas y de comportamiento profesional que podría brindársele a quien ingrese al programa, que permitan estimular el desarrollo de sus destrezas a partir del entrenamiento y la transferencia de conocimiento.

Que la ejecución del programa permitirá integrar a dichos profesionales a los procesos de organización del área donde se desarrolle y durante el lapso que dure su vínculo, como, asimismo, promover y entrenar en ellos la adquisición y mejoría de habilidades técnicas y conductuales que a su vez permitan una colaboración satisfactoria para el cumplimiento de las funciones específicas del área.

Que, a tal fin, se rubricarán convenios con los Colegios Públicos de Abogados de esta Provincia (en adelante indistintamente Colegio/s o CPA), por medio de los cuales, estos últimos procederán anualmente a la elaboración de un listado de profesionales de su matrícula, a integrarse por aquellos jóvenes abogados y abogadas que lo deseen y que cumplan los requisitos que surjan de la presente.

Que aquellos profesionales que integren los listados, podrán ser incorporados por el Ministerio de la Defensa Pública al Programa de Capacitación y Formación que aquí se crea, bajo los modos de selección e ingreso que se indican en el “Anexo A” de esta Resolución General, y que resulta parte integrante de la misma.

Que, dicho listado anual estará rubricado por autoridad del Colegio y contará con los siguientes datos de los profesionales que lo integren: a) Nombre, Apellido, fecha de nacimiento y Número de Documento. b) Datos de Matriculación (Fecha de otorgamiento - Entidad – Número - Tomo – Folio). c) Domicilio legal, teléfono de contacto y domicilio electrónico.

Que, se establecerá, que en el mes de febrero de cada año el listado será enviado por los CPA a la Defensoría General, Dirección de Recursos Humanos, al correo cfeldman@juschubut.gov.ar., y/o el medio que en lo sucesivo lo reemplace. En dicho mes de cada año se actualizarán los listados, con las altas y bajas que pudieren corresponder. En el primer convenio, que se rubrique con cada Colegio, por razones de celeridad operativa, se establecerá la entrega del listado pertinente en un plazo no superior a los 30 días de dicha firma, luego empezará a regir la actualización anual antes indicada en el mes de febrero de cada año, tal como se menciona al inicio del presente considerando.

Que, los y las profesionales que compongan los listados deberán tener una edad igual o inferior a los 35 años y/o una antigüedad de matrícula igual o menor a 7 años. Los CPA informarán si el/la profesional registra antecedentes ante sus Tribunales de Ética.

Que, producida la incorporación, el abogado/a formará parte de equipo/s de trabajo, y contará con la supervisión, formación y enseñanza de profesionales integrantes de este Ministerio Público. El matriculado/a, a su vez, colaborará para el logro de una gestión eficaz del servicio del Ministerio Publico, brindando solución técnica/profesional a conflictos y/o efectuando gestiones profesionales diversas, siempre conforme lo indique, coordine y establezca el/la integrante de la Defensa Publica que se encuentre a cargo del área respectiva.

Que, a todo evento, entre el/la profesional y esta Defensoría General se suscribirá un convenio particular de “Incorporación al Programa de Capacitación y Formación de Jóvenes Abogados”, los cuales, tendrán una duración de 6 (seis) meses, y podrán ser renovados por otro período similar, por única vez, tal extremo será informado al Colegio para su registro.

Que, la presente se dicta en el marco de las facultades conferidas al suscripto por los artículos 194; 196 de la Constitución Provincial y artículo 13 de la Ley Orgánica V N° 90

 

POR ELLO:

 

EL DEFENSOR GENERAL

RESUELVE

 

1º) CREAR por la presente, el Programa de Capacitación y Formación de Jóvenes Abogados.-

2º) DEJAR SIN EFECTO en el ámbito de este Ministerio de la Defensa Pública, la Resolución de la Procuración General de la Provincia N° 16 del año 1.999, en todo aquello que oportunamente la misma identificara como “Programa de Pasantías”.

3º) INCORPORAR como parte integrante de la presente a su “Anexo A”, que reglamenta la modalidad interna y operativa del funcionamiento del Programa de Capacitación y Formación de Jóvenes Abogados .

4º) REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE a la totalidad de las Jefaturas, cumplido ARCHÍVESE. –

 

ANEXO “A”

(A la Resolución General 41/23 DG)

 

Programa de Capacitación y Formación de Jóvenes Abogados.

 

  1. La Oficina de Recursos Humanos de la Defensoría General recepcionará, en el mes de febrero de cada año, el envío por parte de los Colegios Públicos de Abogados de la Provincia (que haya suscripto convenio) el listado de Jóvenes Abogados/as que se postulen para ingresar al Programa de Capacitación y Formación Rentada.
  2. En el momento del año que lo consideren, las Jefaturas podrán requerir ante la Defensoría General la incorporación de Jóvenes Abogados/as elevando el pedido al Sr. Defensor General. En dicha solicitud deberán especificar y fundamentar las necesidades operativas que originan el pedido y el perfil profesional requerido.
  3. Sobre la viabilidad o no del requerimiento se manifestará el Defensor General considerando al respecto los informes que elaboren las áreas técnicas y presupuestarias en el ámbito de la DG.
  4. Autorizada la incorporación, dará comienzo el proceso de selección a cargo de la Dirección de Recursos Humanos de la DG, quien procederá a la convocatoria de los postulantes que integran el listado.
  5. El proceso continuará luego con entrevistas grupales a desarrollarse de manera conjunta entre la Jefatura requirente, con representantes del área de su Jurisdicción que solicitó la cobertura y la Dirección de RR.HH.
  6. Se procederá luego a la evaluación técnica por parte de la Jefatura conjuntamente con los representantes del área que requiere la cobertura, de aquellos postulantes que superen satisfactoriamente las entrevistas previstas en el punto “5”.
  7. Aquellos postulantes que aprueben la evaluación referida en punto “6” ingresarán a la instancia de entrevistas individuales, que llevarán adelante conjuntamente la Dirección de Recursos Humanos de la DG y los representantes que a tal fin nombre la Jefatura. De estas entrevistas surgirá el o la profesional elegida para ingresar al Programa.
  8. Cada profesional que resulte elegido para el ingreso al Programa rubricara un convenio conjuntamente con el Defensor General del que surgirán las modalidades de capacitación, regímenes horarios, montos del incentivo pecuniario y todo otro concepto de interés.
Año
2023