Tipo
Sentencia

Proveído: Librese Oficio Firma Dra. Daniela Fabiana PINO -- Jueza

Fecha firma: 1/8/2022 00:00:00

Texto del proveído

Previamente se realizaron las siguientes notificaciones

Resolución: CUMPLE-firmado: 26/07/2022 Notificado Modo

F. I. M. T. por el actor A. M. M. 27/07/2022 Automática

L. G. A. por el asesor ASERORÍA DE FAMILIA RAWSON 27/07/2022 Automática

H. G. S. por el demandado B. C. J. 27/07/2022 Serconex

M. V. A. por el actor A. M. M. 27/07/2022 Serconex

000719/2021

Rawson, agosto 1 de 2022.

Al escrito digital presentado por la Ab. V. M.: Atento a lo manifestado por la Sra. A., dispóngase que la cuota provisoria de alimentos fijada mediante providencia de fecha 26/07/22, deberá ser depositadas por la abuela paterna, Sra. É. D. P., DNI N° ………….., del día 1º al 10 de cada mes en la Sucursal Rawson del Banco del Chubut S.A., en la caja de ahorro de titularidad de la Sra. M. M. A., D.N.I. Nº ……………... A sus efectos, déjese sin efecto el oficio ordenado en la citada providencia a la empleadora y líbrese la cédula ya ordenada al domicilio real de la Sra. P., a fin de notificar ambas providencias, con la modificación dispuesta en la presente, consignándose el número de caja de ahorro.

Asimismo, amplíase la medida conminatoria ordenada el 26/07/22 y dispóngase, en los términos del art. 553 del CCyC- la prohibición de ingreso de C. J. B., D.N.I. N° ……………, al establecimiento bailable “I.” sito en ……………., hasta que se verifique el pago de la deuda alimentaria total, lo que será notificado oportunamente desde este Juzgado, bajo apercibimiento de imponerle otras medidas conminatorias. Notifíquese digitalmente y líbrese oficio al establecimiento bailable “I.” a los fines de que tomen conocimiento de la medida dispuesta y lo hagan constar en sus registros, a efectos de impedir el ingreso de la persona referida, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento de disponer una sanción en dinero al titular del comercio I., que será evaluada en su caso (art. 804 del CCyC)