Rawson, 16 de Febrero de 2022.-


VISTO:

La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, su Protocolo Facultativo y las Recomendaciones Generales números 19, 33 y 35; el Pacto Inter-nacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer; los Principios de Yogyakarta, la Ley Nacional N° 26485, la Ley Nacional Nº 26743, la Ley Provincial XV N° 26 de Protección Integral e Igualdad de Oportunidades y Equidad de Género, la Resolución D.G. N° 218/18, 76/21, el Informe: “Relaciones y perspectivas de género en el Ministerio de la Defensa Pública de la Provincia del Chubut” y la nota 06/22 OM-OVG suscripta por su Directora, Dra.  Mariana Ripa y,

 

CONSIDERANDO:

Que, la defensa de los derechos humanos es la misión principal de este Ministerio, especialmente de los grupos vulnerabilizados; 

Que, esta Defensoría se encuentra, hace tiempo, transitando un proceso de implementación gradual de políticas públicas que integren y transversalicen el enfoque de género, en cada una de las prácticas, procesos y procedimientos; 

Que, en ese entendimiento se llevaron a cabo múltiples iniciativas, entre ellas el Diagnóstico: “Relaciones y perspectivas de género en el Ministerio de la Defensa Pública de la Provincia del Chubut” a fin de basar las acciones en evidencia;

Que, en función de las recomendaciones del mencionado diagnóstico se conformó la mesa de Género (Res. D.G. 76/21), responsable de centralizar las políticas a desarrollarse dentro del organismo que tienen como destinatarias a la comunidad; 

Que, a partir de la conformación de este dispositivo se fueron profundizando las acciones para lograr atención con perspectiva de género, especialmente a las víctimas de violencia; 

Que, cada circunscripción conformó mesas loca-les de trabajo, integradas representantes de oficinas principales y complementarias, desarrollando distintas acciones para remover los obstáculos de acceso a la justicia y brindar una atención integral;

Que, en este proceso de trabajo se profundizó la inserción de la Defensoría en el territorio y se promovieron vínculos con las instituciones que intervienen en el abordaje de la violencia de género. En este contexto se advirtieron, en distintas circunscripciones, algunas dificultades respecto del servicio que se brinda a las personas que realizan las denuncias de violencia en sede policial; 

Que, recientemente, la O.M.-OVG ha enviado una nota a esta Defensoría General donde destaca las acciones imple-mentadas en Rawson en esta temática. En la nota se indica: “…desde la O.M.-OVG, en el ejercicio de funciones que le son propias y a los efectos de propiciar respuestas eficientes a las mujeres y disidencias, víctimas de violencia frente a la vulneración de sus derechos humanos, se realiza una recomendación como  Buena Práctica”, que sugiere se evalúe la posibilidad de replicar la experiencia implementada en la circunscripción de Rawson en las demás circunscripciones judiciales don-de no se esté realizando, implementando el servicio complementario, según la factibilidad, consistente en el acercamiento del Servicio de la Defensa Pública a las Comisarías de la Mujer destinado a disminuir los obstáculos en el acceso al servicio de justicia en casos de violencia de género.”;

Que, en la misiva se insiste respecto de que “El asesoramiento y la orientación que brinde la Defensa Pública en la Comisaría, sin duda redundará en beneficio de las mujeres víctimas de violencia, en la disposición de medidas urgentes, adecuadas y oportunas para cada caso teniendo presente el criterio de interseccionalidad, así como una mejora de las tareas desarrolladas por las Comisarías de la Mujer, quienes podrán adoptar pautas de atención en el tratamiento de los casos”.; 

Que, días pasados autoridades de esta Defensoría General se reunieron con la flamante Dirección de Género de la Plana Mayor de la Policía provincial. La misma cuenta con un área específica encargada de coordinar las Comisarías de la Mujer de todas las provincias. En dicho encuentro se acordó trabajar en conjunto para dar respuestas eficientes en la problemática descripta; 

Que, la presente resolución observa el espíritu de la Acordada 4511/17 del STJ y concordantes, que agilizó el régimen de denuncias y medidas de protección en casos de violencia de género. Que la articulación que se fomenta optimizará el servicio de patrocinio letrado luego del dictado de la medida, fortaleciendo de esta manera el sistema de protección de las víctimas de violencia, del cual esta Defensa es parte integrante;

Que, todas las jurisdicciones de esta Defensoría tienen canales abiertos de comunicación con las Comisarías de la Mujer. Por medio de la presente se pretende fortalecer el vínculo colaborativo y constructivo con dichas dependencias. No existe un modelo de articulación único ni perdurable todo el tiempo. Los dispositivos que se elijan deben contemplar las particularidades de cada jurisdicción y ser producto del encuentro previo con quienes se desempeñen en las Comisarías;

Que, como ejemplo, podemos mencionar la realización de reuniones de coordinación de la tarea, capacitaciones a pedido del personal policial, jornadas de sensibilización, atención en las Comisarías con equipos conformados por Abogadas y trabajadoras sociales, todo en aras de articular las intervenciones a fin de evitar uno de los problemas más graves de la fragmentación, que es la revictimización;

Que, la práctica que aquí se promociona debe contemplar la presencia en las comisarías de la mujer que se encuentren dentro de cada jurisdicción, abarcando las pequeñas ciudades que cuenten con estas dependencias; 

Que, en atención a lo expuesto se insta a todas las jefaturas, a implementar modalidades de intervención que garanticen el trabajo articulado y permanente con las Comisarías de la Mujer de la Provincia; 

Que, estos dispositivos deberán ser diseñados con la participación de la mesa local y provincial, prevista en la Res. D.G. 76/21;

Que, por último, la presente se dicta en uso de las facultades conferidas al suscripto por los artículos 194 y 196 de la Constitución Provincial y 13 y concordantes de la Ley V N° 90; 

POR ELLO:


EL DEFENSOR GENERAL
RESUELVE

1º) RECEPTAR la recomendación realizada por la Directora de la OM-OVG, Dra. Mariana Ripa, por Nota N° 06/22, en tanto “Buena Práctica” en materia de acceso a la justicia de las personas víctimas de violencia;

2°) INSTAR a todas las Jefaturas a implementar modalidades de intervención que garanticen el trabajo articulado y permanente con las Comisarías de la Mujer de la Provincia.

3°) ESTABLECER que la conformación de estos dispositivos deberá contar con la participación de la mesa local y provincial, prevista en la Res. D.G. 76/21.

4°) REGISTRESE, NOTIFIQUESE a las Jefaturas. DESE copia al Digesto Digital, y cumplido ARCHIVESE.

 

RESOLUCIÓN Nº 42/22 D.G.-


 

Año
2022