Rawson, 18 de junio de 2020.-

VISTO:

Las Resoluciones N° 103 y 108/20 D.G. y la necesidad de asegurar en un grado razonable la prestación del servicio; y

CONSIDERANDO:

Que, mediante las Resoluciones citadas se determinó la no concurrencia del personal a las oficinas de la Defensa Civil de las ciudades de Trelew y Rawson respectivamente;
 
Que, el tiempo transcurrido del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) ha afectado la prestación del servicio que este Ministerio presta;
                                
Que, a la fecha se encuentran acondicionados los edificios y suministrado el material de bio-seguridad a todos los empleados a fin de garantizar las condiciones sanitarias exigidas por el Cómite de Crisis del Poder Judicial;  
                                   
Que, por otra parte, las oficinas de las distintas Agencias se encuentran ya laborando a puertas cerradas, lo que implica una demanda a este Ministerio de actuar en forma refleja;
                                   
Que, corresponde entonces disponer la concurrencia del personal a las oficinas. Reitero la necesidad de continuar la atención por teléfonos de guardia, la modalidad del teletrabajo para los integrantes de las oficinas que no concurran, y el uso de medios tecnológicos disponibles tal como se viene haciendo;  
 
Que, ello comenzará a regir desde el 22 hasta el 29 de junio próximo sin atención al público por asignación de turnos programados, con excepción de las situaciones de urgencia. Dicha modalidad será evaluada en la semana en curso a efectos de la continuación del servicio;   
                               
Que, la asistencia del personal será cumplida por equipos de trabajo integrados siempre por las mismas personas, que se alternarán con otro/s equipo/s conformado/s del mismo modo. Resulta apropiado consignar que las autoridades sanitarias y nacionales recomiendan una alternancia cada 14 (catorce) días.  Empero dejo librado al buen criterio de los Titulares de las jefaturas su implementación.

Que, por último, la presente se dicta en uso de las facultades conferidas al suscripto por los artículos 194 y 196 de la Constitución Provincial y 13 de la Ley Orgánica de la Defensa Pública;
 
POR ELLO:
 

EL DEFENSOR GENERAL
RESUELVE

 

1º) DISPONER que en las Oficinas del Ministerio Público de la Defensa de las ciudades de Trelew y Rawson se comenzará con la concurrencia del personal desde el 22 al 29 de junio del corriente año, inclusive, sin atención al público de forma personalizada, con excepción de cuestiones de urgencia.
2°) REGISTRESE, NOTIFIQUESE a los Titulares de Jefaturas, y por su intermedio a todos los integrantes de la Defensa de cada ciudad, a la Jefa Provincial del Servicio Social, y a la Dirección de Administración, en todos los casos con copia de la presente. DESE AL DIGESTO DIGITAL, y cumplido ARCHIVESE.
 

 

RESOLUCIÓN Nº 112/20 D.G.-

Año
2020