Rawson, 18 de septiembre de 2019.-


VISTO:


El Decreto del Poder Ejecutivo Provincial N° 1038/19 y la Resolución de Superintendencia Administrativa N° 9343/19 S.L. del Superior Tribunal de Justicia; y


CONSIDERANDO:


Que, por el Decreto citado se declara duelo pro-vincial por el lapso de DOS (2) días en todo el territorio provincial, por el fallecimiento de las docentes Jorgelina RUIZ DÍAZ y María Cristina AGUILAR, en ocasión de un accidente vial ocurrido en la víspera en la Ruta Nacional N° 3, al momento del retorno de esas a la ciudad de Comodoro Rivadavia;  

Que, por la norma mencionada en segundo tér-mino el Superior Tribunal de Justicia adhiere al duelo provincial estable-cido por el decreto de marras;

Que, ante el desgraciado hecho que enluta a to-dos los habitantes de la provincia y en particular a la comunidad docente, corresponde seguir igual temperamento por parte de este Ministerio Público, adhiriendo al duelo provincial con los símbolos que así lo indican, y trasmitir nuestras condolencias a los familiares de las docentes fallecidas;   

Que, la presente se dicta en el marco de las facultades conferidas al suscripto por los Arts. 194 y 196 de la Constitución Provincial, y 13 de la Ley V- N° 90 (texto conforme Ley V-N° 139);


POR ELLO:

EL DEFENSOR GENERAL
RESUELVE

1º) ADHERIR AL DUELO PROVINCIAL establecido en el art. 1° del Decreto Provincial N° 1038/19.
2°) DETERMINAR que, la Bandera Nacional permanecerá izada a media asta, en todos los edificios dependientes del Ministerio Público de la Defensa, durante DOS (2) días, en señal de duelo.  
3°) TRANSMITIR a los familiares de las docentes fallecidas Jorgelina RUIZ DÍAZ y María Cristina AGUILAR, las condolencias del suscripto, y de todo el Ministerio de la Defensa Pública.  
4º) COMUNICAR lo resuelto a las Jefaturas de todas las Circunscrip-ciones, a la Jefatura Provincial del Servicio Social y por intermedio de éstos a la totalidad de los Magistrados; Funcionarios y Empleados de este Ministerio.
5º) REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE como queda dispuesto y, cumplido, ARCHÍVESE.

 


RESOLUCIÓN Nº 377/19 D.G.-

Año
2019