Rawson, 17 de  julio de 2017.-

 

VISTO:

Los artículos 194 y 196 de la Constitución Provincial, 1; 9; 10; y 13 de la Ley V- Nº 90 (texto conforme ley V-Nº 139), “Las 100 Reglas de Acceso a la Justicia de las personas en condiciones de vulnerabilidad” , promovidas por la XIV Cumbre Judicial Iberoamericana, celebrada en Brasilia en 2008, el Acuerdo Plenario 3872/10, motorizado a solicitud del Defensor General en orden a las recomendaciones contenidas en ellas, y la necesidad de aprobar la planificación para los próximos dos años, que contenga los lineamientos centrales de política institucional de la Defensa Pública de la Provincia del Chubut, en orden a estos principios, para así brindar un encuadre a las distintas acciones que desarrollará este Ministerio durante el presente año y el 2018; y

CONSIDERANDO:

Que, las mencionadas políticas de encuadre institucional, deben estar, como ha sido históricamente, en sintonía con lo que constituye un punto medular en la organización del Ministerio de la Defensa Pública, esto es, la defensa irrestricta de los derechos humanos ejercida a través de un servicio público que ha de ser concebido como uno de los pilares del Estado de Derecho;

Que, en este sentido, y luego de un año de trabajo conjunto con las Jefaturas, reuniones por áreas con Magistrados y Funcionarios, a más de las reuniones por Jefaturas con todos los agentes de la provincia, es decisión de esta nueva gestión a mi cargo continuar con los ejes de trabajo propuestos y a su vez  proponer nuevos, todos, unos y otros, en un marco de coherencia  y previsibilidad que permita avanzar en el rumbo iniciado;

Que, resulta oportuno reinterpretar en esa nueva etapa los objetivos fundamentales, dentro de las incumbencias propias contenidas en los instrumentos legales que dan el marco normativo al Ministerio de la Defensa Pública;

Que, así las cosas, iniciamos la etapa de consolidación, en la que la que la prioridad es promover la actuación de la justicia en defensa de los derechos humanos como objetivo superador de la sola asistencia legal;

Que, se hace indispensable entonces, trazar los lineamientos de la política institucional a través de una Planificación en la que se contemple un programa de desarrollo secuencial en relación con las acciones y medidas que se pretenden ejecutar;

Que, estas líneas de acción son concebidas como las estrategias con las que pretendemos modificar la realidad de algunos grupos vulnerables, sobre los que, entendemos, se requiere trabajar para modificar, profundizar y/o comenzar a intervenir, con el propósito firme de continuar prestando un servicio público en clave constitucional y de derechos humanos, conforme las 100 Reglas de Brasilia y de acuerdo con las competencias propias;

Que, de igual modo se incluyen en la planificación la selección de los distintos instrumentos con los que se llevaran adelante los propósitos y objetivos planificados. Entre ellos, “Actividades de Apoyo”, como capacitación, talleres, actividades de difusión de derechos, encuentros y reuniones por áreas, y las “Actividades de registro”, como monitoreo, sistematización y relevamiento de datos, que aportan las referencias necesarias para planificar acciones sobre la realidad concreta;

Que, ello sin perjuicio del diseño de programas específicos para materias u objetivos concretos que completarán la presente planificación, tal el caso de la creación del área de querellas que se encuentra en avanzado estado de desarrollo;

Que, las metas podrán apreciarse con mayor profundidad en el Anexo que integra la presente Planificación  bianual;

Que, se ha modificado el diseño formal de la Planificación, con base en los principios generales anteriores; estos cambios se realizan de acuerdo a la evaluación personal y objetivos definidos por el nuevo equipo de la Defensoría General.

Que además, se incorporan las recomendaciones, propuestas y sugerencias relevadas en los distintos encuentros provinciales, tanto generales como por áreas, que fueran plasmados en las relatorías y los que surgieron de la consulta efectuada a las distintas Jefaturas por intermedio de sus Titulares;

Que, en orden a lo estrictamente operativo y funcional, y habiéndose completado durante el año 2016 y primeros meses de 2017 nuevamente la estructura orgánica de la Defensoría General resulta oportuno remarcar que las distintas acciones y medidas a ejecutarse en el marco de la presente Planificación deberán ser coordinadas y/o supervisadas en cada caso por los Señores Defensores Jefes, con el auxilio -de acuerdo al tema de que se trate- de las Secretarías: Penal y de Prevención de la Violencia institucional;  de Política Institucional y Nuevos Derechos y de Coordinación y Gestión Técnico – Administrativa , con sus correspondientes áreas Temáticas;

Que, sin perjuicio de ello, es tarea de gran relevancia institucional para este Ministerio que todos y cada uno de los integrantes de la Defensa Pública presten en cada caso la mayor colaboración posible a su alcance, con el fin de contribuir al mejor cumplimiento de las metas y objetivos propuestos para cada actividad;

Que, en relación con las actividades de capacitación, previstas y detalladas en el presente Anexo, son las actividades seleccionadas a partir de propuestas realizadas por cada grupo de trabajo y llevadas como iniciativas a la Escuela de Capacitación Judicial. Respecto de las actividades de registro y sistematización, ellas refieren al modo y tipo de relevamiento a lo resuelto en Resoluciones 304/10 y 334/16 D.G;

Que, por último, dado lo acontecido en los últimos años en cuanto a la economía provincial, debemos considerar que la ejecución de la planificación podría verse dificultada en la efectiva concreción de las previsiones enunciadas por razones presupuestarias;

POR ELLO:

EL DEFENSOR GENERAL RESUELVE  

1º) APROBAR la Planificación BiAnual 2017/18 para el Ministerio de la Defensa Pública, que como “ANEXO” forma parte integrante de la presente.-

2º) INSTRUIR a los Señores Defensores Jefes para que en el marco de su ámbito territorial realicen una tarea de difusión de la presente de modo tal que llegue a todos y cada uno de los miembros de la Defensa Pública, realizando a tal fin cuantas acciones consideren menester.-

3º) REMITIR copia de la presente al Consejo de la Defensa, a los Señores Defensores Jefes y a la Jefatura Provincial del Servicio Social, los que la harán conocer a la totalidad de los Magistrados, Funcionarios y Empleados a su cargo.-

4º) REGÍSTRESE, DESE AL DIGESTO DIGITAL, COMUNÍQUESE como queda dispuesto y, cumplido, ARCHÍVESE.-

 

RESOLUCIÓN Nº 272/17 D.G.


Resolución Nº 272/17 D.G.
MINISTERIO DE LA DEFENSA PÚBLICA
Planificación Bianual 2017/2018

 

GRUPOS VULNERABLES

 

Ante los cambios propuestos se impone la necesidad de una guía institucional que contemple definiciones y acciones respecto de grupos vulnerables, para fortalecer y mejorar el servicio que prestamos;

Que, las Reglas de Brasilia tienen como objetivo garantizar las condiciones de acceso efectivo a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad, sin discriminación alguna, englobando el conjunto de políticas, medidas, facilidades y apoyos que permitan a dichas personas el pleno goce de los servicios del sistema judicial.

Que en el capítulo preliminar de ellas se expresa claramente “Se recomienda la elaboración, aprobación, implementación y fortalecimiento de políticas públicas que garanticen el acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad. Los servidores y operadores del sistema de justicia otorgarán a las personas en condición de vulnerabilidad un trato adecuado a sus circunstancias singulares. Asimismo se recomienda priorizar actuaciones destinadas a facilitar el acceso a la justicia de aquellas personas que se encuentren en situación de mayor vulnerabilidad, ya sea por la concurrencia de varias causas o por la gran incidencia de una de ellas”.

Así, se consideran en condición de vulnerabilidad: “…a aquellas personas que, por razón de su edad, género, estado físico o mental, o por circunstancias sociales, económicas, étnicas y/o culturales, encuentran especiales dificultades…”, personas a las que estas dificultades les impiden ejercer con plenitud sus derechos ante el sistema de justicia.

Las causas de vulnerabilidad contempladas por las 100 Reglas de Brasilia son las siguientes:

I.- EDAD:

Se considera niño, niña y adolescente a toda persona menor de dieciocho años de edad, salvo que haya alcanzado antes la mayoría de edad en virtud de la legislación nacional aplicable. Todo niño, niña y adolescente debe ser objeto de una especial tutela por parte de los órganos del sistema de justicia en consideración a su desarrollo evolutivo.  El envejecimiento también puede constituir una causa de vulnerabilidad cuando la persona adulta mayor encuentre especiales dificultades, atendiendo a sus capacidades funcionales, para ejercitar sus derechos ante el sistema de justicia.

Propósito:

Fortalecer las capacidades de la Defensa Pública, en lo que respecta a estrategias y buenas prácticas para la protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes en función de las líneas estratégicas que imponen las 100 Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de las personas en condiciones de vulnerabilidad.

Realizar todos los esfuerzos pertinentes para restablecer a los niños sometidos a la justicia los derechos que les hayan sido lesionados; cuando esto no sea posible, promover  una reparación integral de derechos de todos los niños, en especial respecto de  aquellos  que en el marco de la justicia juvenil hayan sido  víctimas de violencia y de violaciones de derechos humanos.

Además del reconocimiento del niño como sujeto pleno de derecho y la efectiva protección de sus derechos en los ámbitos judiciales, es nuestro propósito contribuir  a dimensionar los desafíos existentes  en base a indicadores y relevamientos propios respecto de niños, niñas  y   adolescentes en conflicto con la ley penal

Jerarquizar las Oficinas de Penal Juvenil dotándolas progresivamente de mayores recursos, avanzando hacia la especialidad del área.  

Líneas de acción:

  • Diseñar estrategias jurídicas interdisciplinarias a fin de lograr mayores niveles de efectividad en la prestación del servicio.
  • Efectuar encuentros locales y provinciales de Magistrados y Funcionarios avocados a la materia.
  • Promover la especialidad en materia penal juvenil. Implementar progresivamente la cobertura de un cargo de Asesor de Familia con orientación en materia penal juvenil en todas las Jefaturas. Realizar talleres de casos.
  • Promover la capacitación.
  • Evaluar con los Abogados Adjuntos Penales Juveniles de las Asesorías de Familia posibles instrumentos de recolección de información de datos de casos en materia Penal juvenil. Instar a la construcción de un instrumento provincial de recolección de datos en dichos casos. Implementar la carga de datos en cada Jefatura.
  • Avanzar en la elaboración del Protocolo de Intervención en casos en materia penal Juvenil.
  • Incorporar la visión interdisciplinaria a fin de que:

-Promueva la comunicación y el trabajo colaborativo en el equipo.

-Atienda el caso puntual complejo junto al abogado, con este abordaje interdisciplinario (entrevistas, impugnación de pericias etc.).

  • Instar a que se observe que la celeridad del proceso no se oponga a las garantías constitucionales
  • Definir acciones para situaciones urgentes y evaluación interdisciplinarias para casos complejos.
  • Promover el cruce de información entre los equipos de trabajo sobre las intervenciones realizadas con el niño-niña o joven y/o su familia.
  • Proponer espacios de difusión de derechos.
  • Fomentar los sistemas de recolección de información respecto a la temática.
  • Incrementar el nivel de presencia en las dependencias policiales.
  • Abordar la problemática de la demora por parte de la Policía respecto de los niños, diseñando herramientas de litigio y difusión de derechos a fin de disminuir los casos de detenciones ilegales y prevenir la violencia institucional.
  • Promover el intercambio y reflexión con los distintos operadores con el fin de analizar y proponer soluciones en caso de internación prolongada de niños, niñas y adolescentes.
  • Convocar a espacios de reflexión respecto de los distintos roles que ocupan los abogados de la Defensa Pública en acciones de protección de derechos de niños, niñas y adolescentes.
  • Visitar semanalmente lugares de alojamiento de niños, niñas y adolescentes a fin de prevenir eventuales vulneraciones de derechos y dar respuesta efectiva y rápida y en tiempo real.

 

 II.-DISCAPACIDAD.-

Se entiende por discapacidad la deficiencia física, mental o sensorial, ya sea de naturaleza permanente o temporal, que limita la capacidad de ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria, que puede ser causada o agravada por el entorno económico y social. Se procurará establecer las condiciones necesarias para garantizar la accesibilidad de las personas con discapacidad al sistema de justicia, incluyendo aquellas medidas conducentes a utilizar todos los servicios judiciales requeridos y disponer de todos los recursos que garanticen su seguridad, movilidad, comodidad, comprensión, privacidad y comunicación.

Completa esta definición los conceptos de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad , cuyo propósito es proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por parte de todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente, y el reconocimiento en este instrumento internacional en cuanto que “ la discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás”.

Se desprende de estos conceptos el modelo social de la discapacidad al asumir que la misma resulta de la interacción con barreras debidas a la actitud y al entorno. Y por otro, que la definición no es cerrada, sino que incluye a las personas mencionadas, y no excluye a otras situaciones o personas que puedan estar protegidas por las legislaciones internas de los Estados.

Propósito:

Repensar las prácticas profesionales en términos de entrelazamiento de Nuevas prácticas, estrategias de intervención y discursos.

Poner el acento en la heterogeneidad de este grupo vulnerable y en las dificultades para comprometer una toma de posición acorde a la legislación vigente, en un contexto con escasas políticas públicas, carente de infraestructura adecuada, en una coyuntura social y política en formación respecto del nuevo paradigma en salud mental.

Líneas de acción:

  • Diseñar estrategias jurídicas interdisciplinarias a fin de lograr mayores niveles de efectividad en la prestación del servicio.
  • Apoyar la continuidad de Mesas Intersectoriales de Salud Mental, tal como exitosamente se da en la ciudad de Rawson y promover la réplica de la experiencia en las restantes Jefaturas.
  • Fomentar el diálogo interinstitucional como motor para afianzar nuevos conceptos.
  • Reconocer las ventajas de la especificidad en Salud Mental. Implementar de forma gradual las oficinas con competencia en la materia en todas las Jefaturas conforme las distintas necesidades.
  • Profundizar la sustitución de viejos conceptos y el nuevo modelo de abordaje de las afecciones mentales a través de una mirada interdisciplinaria, dotando a las jefaturas de áreas especializadas provistas de funcionarios con idoneidad profesional en materias no jurídicas.
  • Proponer espacios de difusión de derechos con el fin de reflexionar sobre el tema, coordinar acciones, compartir criterios, remover obstáculos y dificultades que afectan a las familias que acompañan a las personas con padecimiento mental.
  • Construir alternativas de abordaje interdisciplinario en casos complejos. Trabajar en las propuestas de sistemas de apoyo.
  • Promover iniciativas de capacitación en la temática.
  • Abordar casos de salud mental conforme lo normado por ley 26.657.
  • Delinear estrategias en el marco de la resolución Nº 135/16 D.G. encaminado a cumplir con el deber ineludible de promover el nuevo paradigma en salud mental.
  • Articular con cada jefatura mecanismos viables e idóneos que permitan el relevamiento de datos sobre sistemas de apoyo y ajustes razonables en causas en trámite.

 

III.- PERTENENCIA A COMUNIDADES INDIGENAS.

Las personas integrantes de las comunidades indígenas pueden encontrarse en condición de vulnerabilidad cuando ejercitan sus derechos ante el sistema de justicia estatal. Se promoverán las condiciones destinadas a posibilitar que las personas y los pueblos indígenas puedan ejercitar con plenitud tales derechos ante dicho sistema de justicia, sin discriminación alguna que pueda fundarse en su origen o identidad indígenas. Los poderes judiciales asegurarán que el trato que reciban por parte de los órganos de la administración de justicia estatal sea respetuoso con su dignidad, lengua y tradicioneculturales. Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en la Regla 48 sobre las formas de resolución de conflictos propios de los pueblos indígenas, propiciando su armonización con el sistema de administración de justicia estatal.

Propósito:

Consolidación de las estrategias institucionales para brindar los servicios de defensa de los Derechos Indígenas y de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Líneas de acción:

  • Diseñar estrategias jurídicas interdisciplinarias a fin de lograr mayores niveles de efectividad en la prestación del servicio.
  • Capacitación y sensibilización a todo el personal de la Defensa Pública en la detección y abordaje de casos de vulneración de los derechos Indígenas.
  • Capacitación a los Jefes y operadores claves, en el abordaje de casos de vulneraciones a Derechos Indígenas.
  • Ssupervisión directa de los Defensores Jefes sobre la incorporación de la defensa de los Derechos Indígenas en todos los servicios que brinda la Defensa Pública.
  • Relevamiento de casos abordados por la Abogada Adjunta Especializada en Derechos Indígenas.
  • Iimplementación de ateneos de casos DESC, con especial énfasis en casos complejos con participación de otras áreas.
  • Elaboración de informes semestrales, por Jefatura, sobre el funcionamiento y las prestaciones brindadas por las Áreas de Defensa de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales de cada una de las Circunscripciones.
  • Promover el uso de intérpretes cuando en el caso de las comunidades deban entrevistarse a fin de intervenir en casos de restitución de derechos, defensa en juicio, y/o dar a conocer resoluciones o documentos de interés. Se revisaran y adecuaran las reglas del procedimiento cuando sea posible para facilitar el acceso y comprensión de la gestión judicial que se lleva adelante y resulten conducentes.
  • Propiciar las medidas para simplificar el cumplimiento de los requisitos exigidos en los procesos judiciales, del mismo modo que se asegurara la divulgación y comprensión de las formalidades de actos para acceder tanto a actos propios de la defensa de derechos de las comunidades como para acceder a otros derechos sociales.
  • Impulsar la difusión de derechos sociales y provisionales en las comunidades.
  • Promover la resolución de conflictos por medios alternativos siempre en consonancia con los instrumentos internacionales y en armonización y de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos.
  • Coordinación con otros actores en la temática a efectos de poder confeccionar estrategias colectivas en defensa de los pueblos originarios.

 

IV.- VICTIMIZACION

Se considera víctima toda persona física que ha sufrido un daño ocasionado por una infracción penal, incluida tanto la lesión física o psíquica, como el sufrimiento moral y el perjuicio económico. El término víctima también podrá incluir, en su caso, a la familia inmediata o a las personas que están a cargo de la víctima directa.

Se considera en condición de vulnerabilidad aquella víctima del delito que tenga una relevante limitación para evitar o mitigar los daños y perjuicios derivados de la infracción penal o de su contacto con el sistema de justicia, o para afrontar los riesgos de sufrir una nueva victimización. La vulnerabilidad puede proceder de sus propias características personales o bien de las circunstancias de la infracción penal. Destacan a estos efectos, entre otras víctimas, las personas menores de edad, las víctimas de violencia doméstica o intrafamiliar, las víctimas de delitos sexuales, los adultos mayores, así como los familiares de víctimas de muerte violenta.

Propósito:

El efectivo acceso a la justicia a aquellas personas víctimas de violencia Institucional es dentro de las competencias de Ministerio de la Defensa Pública la que hace posible el acceso al conjunto de los DDHH.

El estado como garante de los derechos de todas las personas y no como victimario en un contexto de poder, la violencia institucional es un concepto amplio que define el uso indebido de la fuerza o el poder de cualquier estructura del Estado.

Intervenir ante las prácticas estructurales de violación de derechos humanos, no limitándonos a represión policial, sino en promover el respeto por la vida y la dignidad de todas las personas y en especial de los grupos vulnerables.

Líneas de acción:

  • Diseñar estrategias jurídicas interdisciplinarias a fin de lograr niveles de efectividad en la prestación del servicio.
  • Asesoramiento y asistencia jurídica en temas de violencia institucional.
  • Asesoramiento y asistencia jurídica en violencia de género y familiar.
  • Promover, cuando resulte necesario, la representación principal de las Asesoras de familia respecto de los niños, niñas y adolescentes víctimas.
  • Diseñar estrategias conjuntas entre las Asesoras de Familia y los actores de los ámbitos de la educación y la salud para el abordaje eficiente de los casos de niños, niñas y adolescentes víctimas.
  • Difundir el derecho de las personas víctimas de delitos dolosos a percibir las prestaciones del Sistema de Ayudas de la Provincia del Chubut (Ley N °1 284) y articular con el Servicio de Asistencia a la Víctima dependiente del Ministerio Público fiscal las gestiones necesarias para su percepción.
  • Crear el programa de querellas en aquellos casos que legalmente tenemos incumbencia.

 

V.-POBREZA Y ACCESO A LA JUSTICIA.-

La pobreza constituye una causa de exclusión social, tanto en el plano económico como en los planos social y cultural, y supone un serio obstáculo para el acceso a la justicia especialmente en aquellas personas en las que también concurre alguna otra causa de vulnerabilidad. Se promoverá la cultura o alfabetización jurídica de las personas en situación de pobreza, así como las condiciones para mejorar su efectivo acceso al sistema de justicia.

Propósito:

Es un objetivo de este Ministerio Público proporcionar las condiciones necesarias para garantizar el acceso a la justicia para que la tutela judicial de los derechos reconocidos por el ordenamiento legal resulte efectiva, adoptando para ello aquellas medidas, políticas y estrategias que mejor se adapten a cada condición de vulnerabilidad, utilizando a tal efecto un criterio amplio y flexible respecto de las condiciones de admisibilidad para acceder al servicio que prestamos, tomando los parámetros objetivos sólo como guía para resolver la cuestión y garantizando que en caso de duda siempre se estará a favor de la prestación del servicio.

Fortalecer la capacidad técnica y de gestión de las Oficinas de la Defensa Pública Civil y de las Asesorías de Familia, y generar medidas de acción positiva que remuevan obstáculos que impidan el debido resguardo del derecho de acceso a la justicia y la promoción de la defensa de los derechos.

Se promoverán, como eje de la presente planificación, actuaciones destinadas a proporcionar información básica sobre sus derechos, así como también se trabajará en remover los obstáculos de los procedimientos burocráticos y simplificar en la medida posible los requisitos para garantizar un efectivo acceso a la justicia de ellas.

Líneas de acción:

1.-Prácticas y sistematización de relevamientos de datos:

  • Promover espacios de análisis y crítica preactiva de las prácticas en los casos de conflictos familiares en los que están involucrados los hijos (responsabilidad parental, cuidado personal de los hijos, obligaciones alimentarías, y comunicación entre padres e hijos.) abordados por la Oficinas de la Defensa Civil y las Asesorías de Familia.
  • Relevar los abordajes de casos complejos en espacios formales de trabajo con integrantes de las distintas agencias de las Jefaturas.
  • Consolidar las estrategias institucionales para complementar la intervención en casos de materia de familia con la visión integral de la defensa de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, diseñando para esto dispositivos de transversalización de estos derechos a todas las áreas, de modo que todos los operadores manejemos un nivel de conocimiento mínimo y común que permita derivaciones correctas y que la asistencia técnico-jurídico al usuario sea articulada, completa e integral.
  • Promover el fortalecimiento de la tarea desplegada por los Defensores Públicos con orientación Civil en cuestiones de derecho civil y comercial de menor cuantía. (Ej. juicios ejecutivos, ejecuciones prendarías e hipotecarias, etc.)
  • Relevar cuantitativamente, sistematizar y difundir la situación de los niños, niñas, adolescentes alojados en instituciones del Estado Provincial, el 31 de mayo y el 31 de octubre.
  • Monitorear la actuación de las Asesorías de Familia en el seguimiento y defensa de los derechos de los niños, niñas y adolescentes perdidos y/o desaparecidos en el marco de la ley provincial XV Nº 18.

2.- Medios alternativos de Resolución de conflictos: mediación y avenimientos:

  • Impulsar el acceso a la solución de conflictos por medio de mecanismos alternativos, intentando la conciliación y mediación, tomando en consideración las circunstancias personales y del caso, previamente a la judialización.
  • Promover la difusión de la existencia y características, contenido, formas y efectos de estos métodos, aún ante potenciales usuarios, para casos en que la ley lo permita con el fin de instalar la solución alternativa, como dentro de las opciones de los requirentes.
  • Retomar las gestiones con la Oficina de Mediación con el fin de implementar el Servicio de Mediación en reemplazo la etapa prejudicial de Avenimiento con miras a una reforma de la Ley III N° 21 sobre el particular.

3.-Difusión de derechos y reformas administrativas

  • Incentivar la participación de funcionarios y operadores del Ministerio en actividades de difusión de derechos.
  • Promover, dentro de la asistencia legal, el trabajo en equipo a fin de evacuar consultas jurídicas sobre todas las cuestiones susceptibles de afectar derechos o intereses legítimos de personas vulnerables, incluso cuando no exista iniciado proceso legal. Trabajar en la prevención de conflictos, profundizando asesoramiento en áreas económicas, como prestamos, firmas de documentos para garantizar pagos en cuotas, ventas de bienes etc. Se resalta la necesidad de garantizar una asistencia técnico-jurídica integral, de calidad y especializada.
  • Instalar como nudo de la política institucional, difundir las reformas del Código Civil y Comercial, en cuanto refiere a la ampliación y/o modificación de derechos. Teniendo como premisa que el primer paso hacia el acceso a la justicia es el conocimiento del derecho a reclamar. Poner énfasis en: adopción, identidad, unión convivencial,régimen de bienes, divorcio, derecho a la proyección familiar de TRHA, niñez y salud mental, derechos del paciente, entre otros.
  • Promover la elaboración de formularios de fácil manejo para el ejercicio de determinadas acciones, estableciendo las condiciones para que los mismos sean accesibles y gratuitos para las personas requirentes. Especialmente en aquellos supuestos en los que no sea obligatoria la asistencia letrada, notas, solicitudes a organismos como IPV, Hospital, Registro Civil, entre otros.
  • Recomendar la adaptación de los procedimientos para permitir la práctica anticipada de la prueba en la que participe la persona en condición de vulnerabilidad, para evitar la reiteración de declaraciones, e incluso la práctica de la prueba antes del agravamiento de la discapacidad o de la enfermedad.
  • Promover la implementación de medidas de gestión y organización administrativa interna que faciliten el acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad. Se promoverá buscar agilidad y orden de prioridad en casos urgentes o complejos. Evitar retrasos innecesarios.
  • Revisar y/o crear cuando resulte necesario, los formularios para la adjudicación de casos, derivación a otras áreas, derivación al Colegio Público de Abogados y todo otro instrumento que cumpla esta función.
  • Continuar con el proceso de división por áreas, promoviendo la especialización. Se llevarán adelante las acciones preparatorias para que en un período razonable se puedan concretar en cada circunscripción las áreas: Salud Mental, Penal Juvenil y Violencia de género. Para ello se estructurara una implementación por etapas, atendiendo a cuestiones de: necesidad, urgencia y requerimiento entre otras.
  • Propiciar y consolidar el abordaje interdisciplinario. Con especial énfasis en casos complejos, como salud mental, violencia y penal juvenil.
  • Continuar con el trabajo de acercamiento del servicio de la Defensa Pública a través de los Centros de Atención de pequeñas localidades. Para ello se promoverá la creación de nuevos y la capacitación y actualización de sus referentes.
  • Evaluar el marco regulatorio vigente en cuanto al funcionamiento de los Centros de Atención y la realización de los ajustes de los mismos.
  • Programar al menos dos (02) reuniones en el período comprendido en la presente planificación, con todos los Responsables de los Centros de Atención
  • Optimizar el servicio que presta actualmente este Ministerio Público de la Defensa, en materia de querellas en casos de violencia institucional. Añadir a ello, la promoción sistemática de estrategias de difusión de derechos en la materia.

 

VI.-  GÉNERO.-

La discriminación que la mujer sufre en determinados ámbitos supone un obstáculo para el acceso a la justicia, que se ve agravado en aquellos casos en los que concurra alguna otra causa de vulnerabilidad. Se entiende por discriminación contra la mujer toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera.  Se considera violencia contra la mujer cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado, mediante el empleo de la violencia física o psíquica. Se impulsarán las medidas necesarias para eliminar la discriminación contra la mujer en el acceso al sistema de justicia para la tutela de sus derechos e intereses legítimos, logrando la igualdad efectiva de condiciones. Se prestará una especial atención en los supuestos de violencia contra la mujer, estableciendo mecanismos eficaces destinados a la protección de sus bienes jurídicos, al acceso a los procesos judiciales y a su tramitación ágil y oportuna.

Propósito:

Si bien las violaciones de los derechos humanos afectan tanto a los hombres como las mujeres, su impacto varía de acuerdo con el sexo de la víctima. Esto significa que está directamente vinculada a la desigual distribución del poder y a las relaciones asimétricas que se establecen entre varones y mujeres en nuestra sociedad.

Lo que diferencia a este tipo de violencia de otras formas de agresión y coerción es que el factor de riesgo o de vulnerabilidad es el solo hecho de ser mujer.

Es nuestro propósito reiterar el carácter irreducible de los derechos de las mujeres y la obligación de protegerlos y en ese sentido tomar medidas concretas dentro del marco de los Derechos Humanos.

Para todo ello es indispensable reconocernos como actores claves para lograr la eficacia “material” de las normas vigentes para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, ampliando nuestros márgenes de comprensión del género y las violencias asociadas.

Líneas de acción:

  • Diseñar e implementar estrategias de intervención homogéneas en toda la Provincia cuyo efecto positivo pueda visualizarse a mediano plazo. Analizar la viabilidad de Protocolos de intervención únicos y fortalecer la idea de establecer lineamientos generales e instrucciones acordes a la política institucional.
  • Conformar y ejecutar estrategias preventivas para evitar la producción y reproducción simbólica de conceptos que legitiman la violencia contra la mujer. Promover la igualdad en escritos impulsando un lenguaje amplio carente de estereotipos. Remover patrones socioculturales que promueven y sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres
  • Promover la especialización. Poner en agenda el debate sobre la conveniencia de la creación de la oficina con la especialidad en Violencia de género y violencia familiar, en el ámbito de la Defensa Civil.
  • Gestionar, participar y convocar a la conformación de mesas intersectoriales en el tema por jurisdicción, sostener y apoyar las que están en funcionamiento como es el caso de la ciudad de Rawson.
  • Trabajar sobre todas las formas de violencia, no solo la sexual y física.
  • Utilizar el proceso judicial como una alternativa eficiente para promover la mejora en las condiciones de la vida de las personas víctimas de violencia, superando la reiteración de prácticas que siempre conducen al mismo punto de partida.
  • Oposición expresa a los actos de maltrato y revictimización de las mujeres dentro del sistema de justicia.
  • Ejecutar programas de capacitación interna en género y violencia para generar estrategias de superación de los esquemas patriarcales y discriminatorios que subsisten en el ámbito de la justicia.
  • Promover espacios intra e inter institucionales de autorreflexión y revisión de prácticas.
  • Desarrollar espacios de difusión de derechos en la comunidad. Los instrumentos jurídicos se hacen más potentes cuando son usados, Antes que por los jueces, por el resto de las personas.

 

VII.- PERTENENCIA A MINORÍAS

Puede constituir una causa de vulnerabilidad la pertenencia de una persona a una minoría nacional o étnica, religiosa y lingüística, debiéndose respetar su dignidad cuando tenga contacto con el sistema de justicia.

Propósito:

Fortalecer el trabajo realizado en cada uno de los grupos vulnerables a partir de la difusión de derechos de todas las personas en consonancia con el efectivo goce de sus derechos.

Reiterar la integralidad de los DDHH, y la obligación constitucional de protegerlos.

Líneas de acción:

  • Difusión de derechos.
  • Actividades de capacitación.

 

VI.- PRIVACIÓN DE LIBERTAD.-

La privación de la libertad, ordenada por autoridad pública competente, puede generar dificultades para ejercitar con plenitud ante el sistema de justicia el resto de derechos de los que es titular la persona privada de libertad, especialmente cuando concurre alguna causa de vulnerabilidad enumerada en los apartados anteriores. A efectos de estas Reglas, se considera privación de libertad la que ha sido ordenada por autoridad pública, ya sea por motivo de la investigación de un delito, por el cumplimiento de una condena penal, por enfermedad mental o por cualquier otro motivo.

Propósito:

Fortalecer la capacidad técnica y de gestión de las Oficinas de la Defensa Pública Penal y generar medidas de acción positivas para prevenir, perseguir y erradicar todas aquellas prácticas vinculadas con el abuso de poder y maltrato institucional.

Poner en agenda y discusión la necesidad que la Oficina de Asistencia a las personas privadas de Libertad contemple la asistencia a niños, niñas y adolescentes alojados en instituciones totales por causas distintas a la infracción penal.

Líneas de acción:

1. Mantener y profundizar acciones en materia de prevención y seguimiento de casos de Tortura y otros Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes:

  • Sensibilizar y capacitar a todo el personal de la Defensa Pública en la detección de casos de violencia institucional y en la carga de las planillas del Banco de datos de Tortura y otros Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes;
  • Difundir los datos del Banco de datos de Tortura y otros Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes;
  • Reformular aspectos atinentes al Banco de Datos de Tortura y otros Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes, a fin de optimizar el uso de la información colectada.
  • Relevar, sistematizar y difundir datos de las personas privadas de libertad bajo competencia de la Justicia provincial, el 31 de mayo y el 31 de octubre.
  • Incrementar la presencia de los miembros de la Defensa Pública en los lugares de detención y de alojamiento de niños, niñas y adolescentes..
  • Relevar semanalmente, cantidad de plazas ocupadas y disponibles, niveles de hacinamiento, etc.
  • Relevar mensualmente la cantidad de personas que reciben educación y/o capacitación en contexto de encierro y lugar donde los reciben; relevamiento de personas privadas de libertad por delitos contra la integridad sexual y violencia de género que reciben tratamiento psicológico.
  • Continuar con el Monitoreo Provincial a los Lugares de Detención.
  • Implementar visitas semanales a los lugares de alojamiento de niños, niñas y adolescentes.
  • Incorporar progresivamente visitas a lugares de alojamiento de adultos mayores.
  • Optimizar el servicio que presta actualmente este Ministerio Público de la Defensa, en materia de querellas en casos de violencia institucional. Añadir a ello, la promoción sistemática de estrategias de difusión de derechos en la materia.
  • Incrementar la red de recursos humanos y capacitación a los integrantes de las Oficinas de la Defensa penal en estrategias jurídicas para asumir el rol de querellantes en las causas de violencia institucional.
  • Capacitar en estrategias y abordajes de casos penales y administrativos respecto de privados de libertad.
  • Capacitar permanentemente en materia de juicio por jurados.

 

IX.-MIGRACIÓN Y DESPLAZAMIENTO INTERNO.-

El desplazamiento de una persona fuera del territorio del Estado de su nacionalidad puede constituir una causa de vulnerabilidad, especialmente en los supuestos de los trabajadores migratorios y sus familiares. Se considera trabajador migratorio toda persona que vaya a realizar, realice o haya realizado una actividad remunerada en un Estado del que no sea nacional. Asimismo se reconocerá una protección especial a los beneficiarios del estatuto de refugiado Reglas Básicas de Acceso a la Justicia de las Personas Vulnerables 8 conforme a la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951, así como a los solicitantes de asilo. También pueden encontrarse en condición de vulnerabilidad los desplazados internos, entendidos como personas o grupos de personas que se han visto forzadas u obligadas a escapar o huir de su hogar o de su lugar de residencia habitual, en particular como resultado o para evitar los efectos de un conflicto armado, de situaciones de violencia generalizada, de violaciones de los derechos humanos o de catástrofes naturales o provocadas por el ser humano, y que no han cruzado una frontera estatal internacionalmente reconocida

Propósito:

Promover programas de defensa de Derechos y mecanismos de asistencia que permitan el efectivo acceso a la justicia de este sector vulnerable.-

Líneas de acción:

  • Unificar Protocolos de intervención.
  • Relevar estrategias de intervención en las distintas circunscripciones y sistematizar información.-
  • Trabajar en la difusión de derechos.

 

FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LA
GESTION TECNICO ADMINISTRATIVA
Y LA COMUNICACIÓN

 

Propósito:

Fortalecer la capacidad de gestión y la comunicación intra e interinstitucional de las Oficinas de la Defensa Pública, para garantizar la prestación de un servicio eficiente a los usuarios del sistema con creciente homogeneidad en todo el territorio provincial.

Líneas de acción:

  • Profundizar estrategias de auto-control de gestión de los servicios brindados por la Defensa Pública, promoviendo la continuación de la realización de los talleres de evaluación participativos realizados durante años anteriores, en cada una de las oficinas dependientes de cada jefatura con el objetivo de repasar la tarea cumplida durante el año. Los mismos se desarrollarán durante el segundo semestre de año, poniendo a disposición de las jefaturas el equipo de trabajo de esta Defensoría General en lo que se considere menester.
  • Relevar e implementar nuevas funcionalidades para el Sistema Informático Único de la Defensa Pública (SIU), abarcando materias relevantes tales como penal juvenil y aquellas atendidas por la OAPPL. Finalizar el módulo de reportes y estadísticas del sistema. Incorporar al sistema formularios de derivación entre áreas que permita eliminar el soporte papel.
  • Ampliar las prestaciones del Sistema Único de Recursos Humanos (SUR), que hoy permite la visualización del recibo de haberes digitalizado de cada agente, posibilitando asimismo la visualización de su historia laboral completa, incluyendo las licencias usufructuadas.
  • Sostener la vigencia de los acuerdos y convenios ya celebrados .Promover la concreción de nuevos acuerdos y convenios de cooperación con entidades, públicas y privadas, con intereses afines en la defensa de los derechos humanos y profundizando los acuerdos y convenios existentes (artículo 8, Ley V - Nº 90). En especial con los Colegios Públicos de Abogados de la Provincia, Universidades y organismos gubernamentales y no gubernamentales con objetivos afines.-
  • Profundizar la Comunicación Institucional interna y externa:
  1. concreción de al menos dos reuniones en el período señalado en la presente planificación, con los Defensores Jefes, encontrándose a la fecha la primera de ellas cumplida.
  2. Continuar con las recorridas del Defensor General a las jefaturas con el fin de tomar contacto con todos los integrantes de la Defensa.
  3. Continuar con las reuniones anuales de Oficinas Civiles, Penales, Asesorías de Familia; Oficinas de Asistencia de Personas privadas de Libertad; Oficinas Técnicas, Penal Juvenil y Servicio Social.
  4. Concretar durante la ejecución de la presente planificación un encuentro provincial con todos los miembros de la Defensa Pública.
  • Capacitar en gestión administrativa y comunicación con el público destinados a Empleados, Funcionarios y Magistrados de la Defensa Pública.-
  • Implementar el Plan de Obras, tendiente a readecuar algunos espacios físicos de inmuebles propios y alquilados donde funcionan Oficinas de la Defensa Pública y si la situación financiera lo permite avanzar en la construcción del edificio de la Defensoría General en Rawson, readecuando las actuales oficinas de la Defensoría General.
  • Diseñar nueva página Web, que pretende hacia el afuera una comunicación directa y sencilla con los potenciales usuarios del Servicio y, hacia adentro, contar con espacios para recopilar y poner a disposición la consulta de fallos propios, fallos provinciales, nacionales e internacionales de relevancia y doctrina y artículos novedosos.
  • Fortalecer la Oficina de Asistencia Técnica, y la Oficina de Asistencia a Personas Privadas de Libertad.
  • Crear el área de asistencia al litigio, la cual quedará conformada, en la medida de las posibilidades presupuestarias, con la incorporación de distintos operadores y profesionales a fin de asistir a los miembros de esta Defensa Pública en los diferentes juicios que deben afrontar en el trabajo diario.

 

  1. OFICINAS DE ASISTENCIA TECNICA:
  1. Readecuar el funcionamiento en relación a la nueva estructura administrativa financiera del Ministerio y la gestión presupuestaria (compras, manejo de stock de insumos, contratos, etc.), supervisión del personal de maestranza y chóferes, mantenimiento de los vehículos, intendencia de los edificios dependientes de la Jefatura (sean propios o alquilados), gestión del personal (legajos y licencias), y soporte del equipamiento informático.
  2. Fortalecer las ya constituidas con la asignación del personal necesario para asumir las funciones de la Oficina en la medida que se cuente con los cargos presupuestados para los ejercicios 2017/2018.
  1. OFICINA DE ASISTENCIA A PERSONAS PRIVADAS DE LIBERTAD:
  1. Dar prioridad a la asignación de personal de dedicación exclusiva para estas Oficinas complementarias, replicando el modelo de aquellas Jefaturas en las que funciona con un Abogado Adjunto y un administrativo, dedicados exclusivamente a la asistencia de los detenidos y condenados;
  2. Relevar la cantidad de visitas realizados a los centros de detención, atención de presos en las instalaciones de la Defensa Pública y atención telefónica de detenidos.-
  1. OFICINA DEL SERVICIO SOCIAL:

La presente planificación propone líneas de acción a desarrollar en dispositivos interdisciplinarios, en conjunto con los responsables de las oficinas principales, a efectos de complementar el servicio jurídico, propio de la Defensa Pública.

El desarrollo interdisciplinario implica programar cuidadosamente la forma y las condiciones en que se el trabajo se desenvuelve. La construcción conceptual común del problema, supone un marco de representaciones común entre distintas disciplinas y una cuidadosa delimitación de los distintos niveles de análisis del mismo y su interacción. Para que pueda funcionar como tal, requiere la inclusión programada de los dispositivos necesarios, dentro de las actividades básicas inherentes al trabajo cotidiano. Estos dispositivos son espacios de intercambio, elemento central del trabajo en equipo. Esta modalidad requiere algo más que un grupo heterogéneo de profesionales trabajando. Se trata de una mesa de trabajo que supera los conceptos de derivación o ínter consulta.

Edad

Personas mayores institucionalizadas: participar en el relevamiento de los recursos disponibles en las circunscripciones, destinados al alojamiento y atención de adultos mayores, a fin de abordar las situaciones de vulneración de derechos que se presenten.

Problematizar, en materia de maltrato infantil, abuso sexual infantil y explotación sexual: el desarrollo de estrategias de intervención propias del Servicio Social de la Defensa, atendiendo a la especificidad y expectativas de las oficinas requirentes (D.C., ADESC y Asesoría de familia.)

Aportar elementos en las evaluaciones socio familiares que hagan a la temporalidad y pertinencia de las medidas excepcionales de protección de niñas, niños y adolescentes, orientando la intervención siempre al cese de las medidas, en aras a la restitución de derechos vulnerados.

En la situación de jóvenes víctimas de maltrato institucional propender al trabajo interdisciplinario (abogado- trabajador social) para construir una red de protección al denunciante y su familia, articulando el quehacer de diferentes efectores públicos.

Potenciar el derecho a ser oído de los niños, niñas y adolescentes. participando en los espacios de intervención del abogado de cumple ese rol.

Discapacidad

En virtud de las experiencias de trabajo, construir un encuadre de abordaje interdisciplinario en el marco de las internaciones involuntarias que plantea Art. 22 de la Ley 26.657.

Promover y participar en espacios interinstitucionales e intersectoriales, locales y provinciales,  cuyos objetivos sean la plena vigencia de la normativa en materia de salud mental.

Profundizar y perfeccionar la intervención,  propia del servicio social, en los procesos de determinación de capacidad, teniendo como objetivo prioritario la amplificación de la voz los protagonistas a efectos de procurar la plena inclusión social.

Continuar relevando las condiciones de internación de las personas con padecimientos mentales a fin de estructurar el trabajo de restitución de derechos con las oficinas pertinentes.

Pertenencia a Comunidades Indígenas o a minorías

Relevar las comunidades urbanas  mapuches tehuelches en cada una de las circunscripciones.

Continuar con las capacitaciones a fin de interiorizarnos en la cosmovisión del citado pueblo, insumo imprescindible para abordar las  problemáticas en las que interviene la Defensa Pública.

Integrar las Comisiones de Servicios al interior de la provincia, escenarios donde esta dimensión adquiere una vigencia significativa.

Pobreza

Desarrollar intervenciones juntamente con Asesores y Defensores de áreas DESC, respecto a situaciones críticas familiares o comunitarias por  carencia o desalojos de vivienda,  por  inclusión en el sistema educativo, en el marco de estrategias judiciales y prejudiciales.

En la medida de los requerimientos de algunos jefes de circunscripción se iniciará o continuará con el abordaje de las vicisitudes de las personas en situación de calle (Comodoro Rivadavia; Puerto Madryn y Trelew).

Género

Promover la capacitación (interna y externa) en perspectiva de género a fin de incluir esta mirada en cada una de las intervenciones que desarrolle el servicio social.

Generar y participar en espacios de trabajo intersectorial e interinstitucional, ya que el mismo constituye la creación de un escenario colectivo diverso, de convergencia e interacción entre organismos, equipos e instituciones.

Orientar  a los funcionarios y usuarios de la Defensoría pública en relación a los servicios de contención y tratamiento para mujeres que padecen discriminación y/o violencia de género, existentes en la comunidad. Realizar las articulaciones que resulten menester. 

Coordinación en los dispositivos de atención directa a las víctimas de violencia de género, que se vayan construyendo en las diferentes circunscripciones.

Privación de libertad

Participar, en coordinación con las oficinas correspondientes, en las visitas y monitoreas  realizados a los centros de detención.-

Continuar las intervenciones para lograr un mejor cumplimiento de la ley 24.660 en relación al derecho a la educación, recreación, capacitación laboral, trabajo y mejora ambiental de las comisarías donde hay personas privadas de libertad.

Profundizar el trabajo de detección de casos de violencia institucional tanto en materia de menores de edad como mayores y continuar con el relevamiento del Banco de Datos de casos de tortura y otros tratos crueles inhumanos o degradantes.

Por último se destaca que la capacitación se constituye en la actividad de apoyo principal para el desarrollo de las acciones planificadas.  La misma se llevará a cabo utilizando diferentes modalidades: ateneos de casos, videoconferencias, foros virtuales, auto capacitaciones y concurrencia a seminarios disponibles o autogestionados en los temas de mayor relevancia para el quehacer diario  a saber: niñez y familia, perspectiva de género, discapacidad, salud mental, D.E.S.C. Pueblos Originarios.

  • Relevamiento de la cantidad de casos nuevos, tipo de casos y agencia que solicitan la asistencia del Servicio Social.-
  1. CREACION DE LA OFICINA DE PRENSA Y COMUNICACION:
  • Promover el área de prensa y comunicación a fin de ampliar la presencia en los medios dando cuenta de actividades propias y de participaciones en otra de relevancia institucional, dentro y fuera de la provincia.
  • Fortalecer este espacio, con el objetivo de crear las condiciones para que se generen vínculos entre esta oficina y los distintos medios de comunicación y otros organismos en toda la Provincia.
  • Tener espacio propio en la página Web. Instar a la generación de contenidos propios.
  • Difundir a través de esta área la producción de artículos académicos de interés institucional de integrantes de la defensa Pública.

 

CAPACITACIÓN

  • Sostener la capacitación continua de todos los agentes de la Defensa Pública con fundamento en el mejoramiento del servicio y la propia motivación de los distintos agentes.
  • Articular con la Escuela de Capacitación del Poder Judicial la continuación en actividades de capacitación en el nuevo Código Civil y Comercial.
  • Actualización en temas de derecho de familia a la luz de nuevo Código.
  • Crear de espacios de intercambios de información técnica y de estrategias de intervención en casos de derecho de familia en todas las jefaturas.
  • Diseñar de un plan de capacitación para el segundo semestre conforme los requerimientos del Consejo de la Defensa en todas las materias que involucran a abogados de la Defensa.
  • Continuar con las actividades de capacitación en litigación penal y juicio por jurados.
  • Diseñar un plan de capacitación constante y regular para los empleados del Ministerio conforme las necesidades recabadas.
  • Alentar y apoyar las iniciativas individuales de formación de los agentes de este Ministerio.
Año
2017