Rawson, 12 de Febrero de 2016.-

 

VISTO:

La solicitud del Consejo de la Defensa en reunión celebrada el día 18 de noviembre del 2015 en la ciudad de Rawson;  y   

CONSIDERANDO:

Que, tal como surge de Acta N° 1/ 15 CD, dicho órgano solicita a esta Defensoría General tenga previsto en el presupuesto la erogación necesaria para la concreción de, al menos, dos encuentros anuales, por la importancia que revisten en el contexto institucional;

Que, el artículo 6 de la ley Orgánica determina la conformación del Consejo de la Defensa, enumerándose en el artículo siguiente las importantes funciones que dicho órgano posee;

Que, su conformación pluralista y representativa de todos los estamentos del Ministerio, con más las funciones asignadas, define un ámbito institucional de debate amplio y democrático de todas las cuestiones que atañen a esta Defensa Pública, coadyuvando en la toma de decisiones por parte del Defensor General;

Que, tal como menciona el Consejo, durante el año 2015 resultó imposible efectuar el mínimo número de reuniones que impone el Artículo 16, 3er párrafo de  la ley V- N° 90 ( texto conforme ley V- N° 139), atento las graves restricciones presupuestarias que signaron el año próximo pasado;

Que, si bien el actual panorama presupuestario es, a la fecha, incierto, coincidiendo con lo expresado por los consejeros, se impone la necesidad de prever los recursos suficientes para que durante el presente año no se repita lo acontecido en el año próximo pasado;

Que, por ello he de instruir a la Dirección de Administración de esta Defensoría general a fin que efectúe las previsiones necesarias para concretar dos reuniones anuales del Consejo de la Defensa, una por semestre, estimando apropiado realizar la primera en los primeros días del mes de marzo del corriente año;

Que, la erogación que se realice podrá ser imputada en forma excepcional y ante la falta de otros recursos al Fondo de Fortalecimiento Institucional (Artículos  59 y 61 de la ley Orgánica) atento la esencial relevancia institucional que reviste el funcionamiento del Consejo de la Defensa;

La presente se dicta en uso de las facultades conferidas al suscripto por los artículos 194 y 196 de la Constitución Provincial, 15 inciso 2 y 13  de la Ley V - N° 90 ( texto conforme Ley V-N° 139);

 

POR ELLO:

 

EL DEFENSOR GENERAL ALTERNO
RESUELVE
 
 

1º) INSTRUIR  a la Dirección de Administración de esta Defensoría General a fin de que efectúe las previsiones necesarias para concretar dos reuniones anuales del Consejo de la Defensa, una por semestre, estimando apropiado realizar la primera en los primeros días del mes de marzo del corriente año.

2°) COMUNICAR lo determinado en la presente al Presidente del Consejo de la Defensa, a los Señores Defensores Jefes de Trelew, Puerto Madryn, Comodoro Rivadavia, Esquel y Sarmiento; a la Jefa Provincial  del Servicio Social, y a la Dirección de Administración D.G.

3º) REGÍSTRESE, DÉSE copia al Digesto Digital y, cumplido, ARCHÍVESE.-

 

RESOLUCIÓN N° 032 /16 D.G.

Año
2016