Rawson, 18 de agosto de 2015.-

 
 
VISTO:

El Acuerdo Plenario Nº 4324/15 S.T.J., la Ley V N° 90 (texto conforme Ley V N° 139) y la Resolución Nº 306/11 D.G., y

 
CONSIDERANDO:

Que, en el año 2008 mediante Resolución Nº 17/08 D.G. se crea el Área de Presupuesto y Gestión Contable, con la finalidad de relevar periódicamente las necesidades que en materia de recursos humanos y materiales pudieran tener las Oficinas de este Ministerio Público, proyectar el presupuesto anual del Ministerio, mantener una comunicación fluida con la Dirección de Administración del Superior Tribunal de Justicia, instrumentar un sistema de registro y monitoreo apropiados para realizar un control de gestión permanente sobre la ejecución del presupuesto, supervisar todos los pagos y erogaciones que deban ser realizados con la anuencia o por disposición del Defensor General.

Que, con el objetivo de profundizar y optimizar las acciones realizadas, abarcando la etapa de ejecución presupuestaria, el Área de Presupuesto y Gestión Contable, previo análisis técnico de factibilidad sugiere la creación de un Fondo Rotatorio destinado a materializar de manera eficiente el pago de gastos corrientes vinculados al Ministerio. El cual se pone en funcionamiento en el año 2010 mediante Resolución 385/10 D.G., modificando la Estructura Orgánica Funcional de la Defensoría General creando la Oficina de Coordinación Contable y Gestión Presupuestaria la cual reemplaza al Área de Presupuesto y Gestión Contable;

Que, en el año 2011 en virtud del Diseño Unificado de Gestión de las Oficinas de la Defensa Pública, realizado con los especialistas de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco, surge la necesidad de readecuar el diagrama de la estructura orgánica funcional de la Defensoría General alcanzando los estándares propuestos. Por lo tanto mediante Resolución Nº 306/11 DG se crea la Secretaría de Coordinación y Gestión Técnico-Administrativo, con el fin de supervisar y coordinar la gestión presupuestaria y su ejecución, los servicios de logística, el desarrollo y mantenimiento de la infraestructura edilicia y de los sistemas informáticos y auxiliar al Defensor General en todo lo atinente a las causas de materia sancionatoria no penal. De la cual dependen actualmente el Área de Mesa de Entradas y Despacho, el Área de Coordinación Contable y Gestión Presupuestaria y el Área de Informática;

Que, con el objetivo de un mayor control de los actos administrativos, de lograr la intervención y participación directa en los procesos de contrataciones de forma tal de garantizar una mayor eficiencia y eficacia en la prestación del servicio a los usuarios externos e internos y la equiparación de Recursos Humanos y Materiales prevista en el Art. 60 de la Ley Orgánica del Ministerio de la Defensa Pública, el suscripto solicito mediante Nota Nº 270/15 D.G. al Presidente del Superior Tribunal de Justicia arbitrar los medios para la creación de un Servicio Administrativo Financiero propio para el Ministerio de la Defensa Pública;

Que, mediante el Acuerdo Plenario N° 4324/15, el Superior Tribunal de Justicia crea dentro del Presupuesto General de la Administración de Justicia para el Ejercicio 2016, el Servicio Administrativo Financiero (SAF) del Ministerio de la Defensa Pública, conforme el Art. 60 de la Ley Orgánica del Ministerio, autorizando la apertura de cuentas bancarias en el Banco del Chubut S.A. que fueran necesarias y el traspaso de los programas y actividades contenidos en el Presupuesto General de la Administración Judicial a partir del 01 de enero del 2016, incluyéndose el Área de Recursos Humanos;

Que, conforme lo descripto surge la necesidad de efectuar modificaciones en la actual estructura orgánica funcional de la Defensoría General dada por la Resolución 306/11 D.G.;

Que, en tal sentido debe reorganizarse la Secretaría de Coordinación y Gestión Técnico-Administrativo del Ministerio de la Defensa Pública, creando la “Dirección de Administración del Ministerio de la Defensa Pública” bajo su dependencia jerárquica y compatibilizar los cargos y funciones de los actuales integrantes de la Defensoría General en el marco de la nueva estructura orgánica funcional;

Que, la presente se dicta en el marco de las facultades conferidas al suscripto por los artículos 194 y 196 de la Constitución Provincial y Arts. 13 y 15 inc. 2 concordantes y subsiguientes de la Ley V N° 90 (texto conforme Ley V N° 139);

 
 
POR ELLO:

EL DEFENSOR GENERAL ALTERNO
RESUELVE
 
 

1°) APROBAR la estructura orgánica funcional de la Defensoría General que como ANEXO forma parte integrante de la presente.-

2°) COMUNICAR lo resuelto al Consejo de la Defensa Pública, a los Señores Defensores Jefes, por su intermedio a la totalidad de los integrantes de la Defensa de cada Circunscripción y a la Jefatura del Servicio Social, con copia.-

3°) REGISTRESE, COMUNÍQUESE y, cumplido, ARCHÍVESE.-

 
 
RESOLUCIÓN N° 247/15 D.G.-

Ver Anexo

Año
2015