Resolución Nº 44/06

Esquel, 07 de noviembre de 2006.-
 
VISTO:

La nota de fecha 17/10/06 presentada por un grupo de funcionarios y empleados de la Oficina de la Defensa Pública.
 
CONSIDERANDO:
 
Que mediante dicha nota un grupo constituido por veintiséis integrantes de las distintas áreas de la Oficina de la Defensa Pública dependientes de esta Jefatura solicitan la posibilidad de acotar el actual horario de atención al público, volviendo al habitual de 7 a 13 hs.

Que respecto a lo expuesto en dicha nota es de destacar lo siguiente:
  • Que luego del tiempo transcurrido consideran los peticionantes que la atención al público en horario vespertino no ha resultado útil para la población de Esquel y la zona de influencia.
  • Que nada ha variado, respecto a los requirentes procedentes de las localidades del interior, en relación con la manera en que eran atendidos con anterioridad a la implementación del horario vespertino.
  • Que por el contrario, dicha modalidad moviliza a mucho personal que al ingresar más tarde, reciente la atención durante el horario de mañana.
  • Que además se generan todo tipo de inconvenientes organizativos e, inclusive, ha aumentado la presión sobre todos los integrantes que se turnan durante la tarde para atender un servicio que no tiene demanda.
Que por su parte la Oficina de Asistencia Técnica ha informado a esta Jefatura sobre las particularidades del servicio de atención al público en horario vespertino, pudiéndose advertir que, desde su implementación hasta la fecha, dicho servicio se prestó durante 116 días hábiles habiéndose registrado la atención de un total de 138 personas (55 por la Oficina de la Defensa Civil, 67 por la Asesoría de Familia e Incapaces y 16 por otras dependencias), lo cual ha permitido establecer un promedio de atención de 1,19 personas diariamente.

Que por su parte para la atención durante el horario vespertino, diariamente, se afecta la cantidad de 5 integrantes de este Ministerio.
Que, a partir de los datos merituados ut-supra y las razones expuestas por los peticionantes, esta Jefatura considera pertinente modificar la modalidad de atención al público en horario vespertino, empero, atento la vigencia de la Res. 25/06-DG y conforme los fundamentos expresados por el Sr. Defensor General durante la reunión de trabajo mantenida en esta ciudad el pasado 03 del mes en curso con los integrantes de las distintas Oficinas de la Defensa Pública de esta circunscripción, se advierte la imposibilidad de dejar sin efecto la vigencia de dicho servicio.

Que en tal sentido esta Jefatura advierte la pertinencia de modificar las Res. 17/06-DGE en lo relativo a la cantidad de integrantes que han de llevar a cabo la atención al público durante el horario vespertino, para lo cual se entiende conveniente la afectación de una sola persona de guardia activa por día y que dichas guardias deberán ser concretadas, de acuerdo al cronograma que a tal fin se deberá confeccionar, por la totalidad de funcionarios y empleados del escalafón técnico administrativo dependientes de esta Jefatura.
Por ello, en virtud de las facultades que le confiere el art. 18 de la ley 4920 y las Res. 18/03 DG y 25/06 DG, el Sr. Defensor Jefe de la Circunscripción de Esquel,
 
RESUELVE:

1°) Mantener la vigencia del art. 1.- de la Res. 17/06-DGE y dejar sin efecto lo dispuesto en los demás artículos de dicha resolución.
 
2°) Establecer que el horario a cumplir por los integrantes de este Ministerio durante el día en que deban cumplir con las guardias activas será de 9 a 13 hs. y de 14 a 17 hs.. Cuando se tratare de funcionarios, dicho horario deberá ser cumplido sin perjuicio del deber de adoptar las medidas conducentes para llevar cabo, aún fuera del mismo, las demás obligaciones inherentes a sus funciones.
 
3°) Disponer que las guardias activas serán cubiertas diariamente por un funcionario o empleado del escalafón técnico administrativo integrantes de las distintas oficinas de esta Defensa Pública de conformidad con el cronograma que deberá confeccionar y mantener actualizado el responsable de la Oficina de Asistencia Técnica.
 
4°) Regístrese, notifíquese, comuníquese al Sr. Defensor General y cúmplase.- 

 
Dr. Eduardo R. Marsal
Defensor Jefe
Circunscripción de Esquel
 
Año
2006