Resolución Nº 91/01

RAWSON, 24 de Octubre de 2001.-
 
VISTO:
 
El Acuerdo N° 3251 dictado con fecha 14 de setiembre del corriente y publicado en el Boletín Oficial del día 25 del mismo mes y año; y
 
CONSIDERANDO:
 
Que en el mismo el Más Alto Tribunal de nuestra Provincia ha fijado expresamente los límites de la intervención de los Señores Jueces y la obligatoriedad de acatamiento que importa para todos los Magistrados, Funcionarios y demás Miembros del Poder Judicial, las Resoluciones ".... emanadas de la Procuración y de la Defensoría General, dictadas con el legítimo objetivo de organizar sus respectivas de-pendencias en el marco de los poderes que les han sido atribuidos, debiendo abstenerse en lo sucesivo de cuestionar la actividad administrativa por ellos desplegada, cuyo acatamiento constituye una obligación que se impone con generalidad conforme el inc. 3) del artículo 179 de la Constitución de la Provincia...";
Que, a pesar de la claridad del texto referido, parece oportuno, a fin de aventar cualquier desinterpretación que de la misma pudiere hacerse, que de igual forma tampoco corresponde a los Señores Defensores de cualquier instancia revisar o impugnar las Resoluciones menciona-das dadas en el marco supra indicado por el Señor Procurador General.‑
 
POR ELLO:
 
EL DEFENSOR GENERAL
RESUELVE
 
1°) HACER SABER a los Magistrados, Funcionarios y demás Miembros del Ministerio Público de la Defensa que, salvo inconstitucionalidad que vulnere en juicio legítimos intereses de sus representados, se abstendrán de cuestionar judicial o administrativamente las Resoluciones dicta-das por la Procuración General con el objeto de organizar sus dependencias en el marco de los poderes que le han sido atribuidos por la Constitución Provincial y las leyes sancionadas en su consecuencia.-
2°) El incumplimiento de la presente será considerado falta grave en los términos del artículo 165 en relación al art. 209 y/o 210, todos de la Constitución Provincial, según el caso.‑
3°) REGÍSTRESE, notifíquese a los Señores Defensores de Cámara y por su intermedio a los Funcionarios y demás Miembros del Ministerio Público de la Defensa y cumplido, Archívese.‑
 
RESOLUCIÓN N° 91/01 D.G.

 

 

Año
2001