Resolución Nº 34/01
Rawson, 5 de Junio de 2001.-
VISTO:
La Ley 37 - art.. 56 bis, inc. 10°- (Texto conf. Ley 4691) y el Acuerdo N° 3240/01; y
CONSIDERANDO:
Que es necesario reglamentar los requisitos que deben reunir los postulantes a los cargos de Asistentes Sociales en la Defensoría General, con el objeto de adecuarlos a las necesidades y postulaciones del nuevo código procesal penal y la nueva dependencia administrativa de este servicio y a la vez propiciar condiciones que den lugar a una participación más amplia de los profesionales del área.
POR ELLO
EL DEFENSOR GENERAL
RESUELVE
1°) Aprobar el siguiente reglamento de concursos para ocupar cargos de Asistentes Sociales.
1.1.- La cobertura de los cargos de Licenciados en Servicio Social se hará por concurso de antecedentes y oposición.
1.2.- Para presentarse en los concursos será necesario:
1.1.- La cobertura de los cargos de Licenciados en Servicio Social se hará por concurso de antecedentes y oposición.
1.2.- Para presentarse en los concursos será necesario:
- Poseer título habilitante de nivel universitario.
- Poseer una antigüedad mínima de tres (03) años en el ejercicio de la profesión. 1.3.- Determinadas las vacantes de cada Organismo se llamará a concurso por un término no superior a sesenta (60) días, ni inferior a treinta (30) días. Dentro de los diez (10) días siguientes al cierre de inscripción el jurado designado procederá a la lectura y clasificación de los antecedentes de los postulantes.
1.4.- La publicidad del llamado a concurso consistirá en la publicación por tres (03) días corridos, anteriores a la apertura de la inscripción en el Boletín Oficial y en dos (02) diarios provinciales.
1.5.- El jurado estará integrado por tres (03) miembros de mayor o igual jerarquía que la del cargo a cubrir: a) Asistentes Sociales: Secretaría de Servicio Social; Jefe del Servicio Social de Circunscripción distinta a la de la vacante y otro miembro a designar por el Defensor General en cada caso, según el área a cubrir.
1.6.- El plazo en que se expedirá el jurado sobre el resultado del concurso no podrá superar los cinco (05) días hábiles de finalizada la prueba de oposición.
1.7.- Para la asignación de puntos que corresponda a cada postulante, el Jurado aplicará la siguiente valoración:
1.5.- El jurado estará integrado por tres (03) miembros de mayor o igual jerarquía que la del cargo a cubrir: a) Asistentes Sociales: Secretaría de Servicio Social; Jefe del Servicio Social de Circunscripción distinta a la de la vacante y otro miembro a designar por el Defensor General en cada caso, según el área a cubrir.
1.6.- El plazo en que se expedirá el jurado sobre el resultado del concurso no podrá superar los cinco (05) días hábiles de finalizada la prueba de oposición.
1.7.- Para la asignación de puntos que corresponda a cada postulante, el Jurado aplicará la siguiente valoración:
A) ANTECEDENTES LABORALES DEL EJERCICIO DE LA PROFESION (Debidamente certificados)
AREAS
Un punto por año a partir de los 3 años
1.-
|
Judicial | 1 punto por año hasta 15 puntos |
2.-
|
Criminológica | 1 punto por año hasta 10 puntos |
3.-
|
Familia, Niñez y Adolescencia | 1 punto por año hasta 15 puntos |
4.-
|
Hospitalaria | 1 punto por año hasta 10 puntos |
5.-
|
Educación | 1 punto por año hasta 10 puntos |
6.-
|
docentes | 1 punto por año hasta 10 puntos |
7.-
|
Obras Sociales | 1 punto por año hasta 10 puntos |
8.-
|
Acción Social | 1 punto por año hasta 10 puntos |
9.-
|
Investigación y Planificación | 1 punto por año hasta 10 puntos |
10.-
|
Otros | 1 punto por año hasta 10 puntos |
C) CAPACITACION
1.-
|
Maestría | 10 puntos |
2.-
|
Especialidad — Pos-grado | 05 puntos |
3.-
|
Carrera relacionada | 10 puntos |
4.-
|
Mediación | 05 puntos |
5.-
|
Conocimiento de Procesador de Textos —Word | 01 punto |
6.-
|
Seminarios y Cursos: sin horas | 1 /2 punto por cada uno |
10 horas y hasta 20 horas |
01 punto por cada uno
|
|
más de 20 horas | 02 puntos por cada un | |
7.-
|
Publicaciones | 01 punto por cada uno |
8.-
|
Conferencias | 01 punto por cada uno |
B) OPOSICION
La oposición constará de 2 partes:
- escrita - teórica
- oral — teórica - práctica
Las mismas serán elaboradas por el Jurado para cada concurso y cada cargo. Se asignarán a cada una hasta 50 puntos.
Para la prueba teórica escrita el Jurado entregará el temario a los postulantes tres (03) días antes de la fecha fijada para la misma.
Se sortearán dos (02) temas; el seleccionado deberá ser desarrollado en tres (03) horas corridas por todos los postulantes.
La prueba oral consistirá en: un coloquio a fin de resolver situaciones concretas. En el mismo se evaluará el conocimiento teórico, el criterio y destrezas profesionales y personales.
1.8.- El jurado declarará desierto el concurso cuando previa evaluación de Antecedentes y Oposición, encuentre que ninguno de los postulantes reúne el perfil requerido, o cuando no haya obtenido un mínimo de 25 puntos cada una de las oposiciones.
1.9.- De la evaluación de los antecedentes y de las pruebas escrita y oral, se labrará un acta en la cual constará la nómina de los postulantes en orden decreciente, según el puntaje obtenido, el cual será notificado a los postulantes.
La decisión del jurado es apelable ante el Defensor General, dentro de los tres (03) días de notificados, quien se expedirá en un plazo de diez (10) días y su decisión es irrecurrible.
2°) Una vez firme el resultado del concurso, se procederá a la propuesta para su designación.
3°) Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y comuníquese.
Para la prueba teórica escrita el Jurado entregará el temario a los postulantes tres (03) días antes de la fecha fijada para la misma.
Se sortearán dos (02) temas; el seleccionado deberá ser desarrollado en tres (03) horas corridas por todos los postulantes.
La prueba oral consistirá en: un coloquio a fin de resolver situaciones concretas. En el mismo se evaluará el conocimiento teórico, el criterio y destrezas profesionales y personales.
1.8.- El jurado declarará desierto el concurso cuando previa evaluación de Antecedentes y Oposición, encuentre que ninguno de los postulantes reúne el perfil requerido, o cuando no haya obtenido un mínimo de 25 puntos cada una de las oposiciones.
1.9.- De la evaluación de los antecedentes y de las pruebas escrita y oral, se labrará un acta en la cual constará la nómina de los postulantes en orden decreciente, según el puntaje obtenido, el cual será notificado a los postulantes.
La decisión del jurado es apelable ante el Defensor General, dentro de los tres (03) días de notificados, quien se expedirá en un plazo de diez (10) días y su decisión es irrecurrible.
2°) Una vez firme el resultado del concurso, se procederá a la propuesta para su designación.
3°) Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y comuníquese.
RESOLUCIÓN N° 34/01.-D.G.-
Año
2001