Jurisprudencia Penal
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En virtud de ser rechazada la SJP.  Interpretación del art. 76bis del CP.
* “Téngase presente que la sentencia es contraria a la argumentación vertida en el presente sumario. El lector encontrará aquí, el contenido de los recursos de casación tanto de la Defensa como de la Fiscalía, (que es dable aclarar se orientan en igual sentido)”.
 “Se viola el principio de igualdad ante la Ley (artículo 16 de la Constitución Nacional), porque prevé que los delitos cuya pena en abstracto es más gravosa (reclusión o prisión de menos de tres años) puedan acceder al beneficio de la suspensión del juicio a prueba.”. (SJPa8)
STJCH; RdC; “Cora, Aldo s/Lesiones” Expte. Nº 18341- C-01