Resolución Nº 107/03

Rawson, 17 de Septiembre  de 2003.-
 
VISTO: 
 
La Ley 4920 y la necesidad de diagramar la estructura orgánico funcional de la Defensoría General; y
 
CONSIDERANDO:
 
Que habiéndose concretado las designaciones pendientes en esta Defensoría General de la Provincia del Chubut resulta ahora oportuno y conveniente avanzar en su diagramación orgánico funcional, estableciendo misiones y funciones a las dos Secretarías del organismo;
Que a tal fin se han tomado como base los lineamientos fijados en el documento elaborado con los Señores Defensores Jefe, en la reunión de trabajo realizada en la ciudad de Comodoro Rivadavia, en oportunidad de llevarse a cabo el “Primer Encuentro de Asesorías de Familia e Incapaces de la Provincia del Chubut”, durante los días 22 y 23 de Junio del año 2001;
Que conforme resulta del mencionado documento, en la oportunidad se coincidió en la necesidad de que la Defensoría General contara con dos áreas o departamentos, uno de Gestión Judicial, para atender el trámite de los recursos y acciones judiciales y la formación de un sistema documental destinado a brindar apoyo específico a las distintas oficinas de la defensa pública y, otro, de Relaciones Institucionales, destinado a atender las relaciones de orden interno de la institución -tanto las horizontales como las de superintendencia- y, por otro lado, con las distintas agencias afines, las organizaciones profesionales y con la comunidad en general;
                           
Que el Consejo de la Defensa, a pedido del suscripto, abordó en su última sesión, llevada a cabo en la ciudad de Comodoro Rivadavia el día 28 de agosto del corriente, el tema en análisis, materializando en el Acta Nº 7/03 CDP, una serie de propuestas en relación a las funciones que debería cumplir cada Secretaría que, dado su acierto y evidente conveniencia, han sido incorporadas al anexo que integra la presente y fija las misiones y funciones de las Secretarías referidas;
Que lo antes expuesto se compadece con los principios, misiones y funciones establecidas para esta Defensoría General por la Constitución Provincial y la Ley 4920, Orgánica de Defensa Pública, por lo que es oportuno plasmar a través de la presente la estructura, funcionamiento y división de las Secretarias, disponiendo la denominación de cada una de las áreas mencionadas y asignándoles misiones y funciones específicas;
        
POR ELLO:
 
EL DEFENSOR GENERAL
RESUELVE
 
1º) DISPONER la asignación de misiones y funciones específicas a las Secretarías existentes en el ámbito de la Defensoría General de la Provincia del Chubut; las que se pasan a denominarse Secretaría de Gestión Judicial y Secretaría de Relaciones Institucionales, conforme resulta del detalle que se realiza en el “Anexo” que es parte integrante de la presente.-
2º) DESIGNAR a cargo de las referidas Secretarías a los Señores Secretarios de esta Defensoría General, Dres. Jorge Fabricio Benesperi y Luis Alberto Paoloni, respectivamente y como Abogado Adjunto de cada una de ellas a los Dres. Carlos Gabriel Alvarez y Ana Esther Corres, en ese orden.-
3º) REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE al Consejo de la Defensa; a los Señores Defensores Jefe, por intermedio de éstos a los Señores Defensores Públicos y Asesores de Familia e Incapaces; a la Señora Jefa Provincial del Servicio Social; al Superior Tribunal de Justicia por intermedio de la Secretaría de Acuerdos y a la Dirección de Administración, en todos los casos con copia de la presente.- Cumplido, ARCHÍVESE.-
 
RESOLUCIÓN Nº 107/03  D.G
 


ANEXO
RESOLUCIÓN Nº 107/03 D.G.
Secretaría de Gestión Judicial
 
Tiene como misión auxiliar al Defensor General en todo lo relacionado con el adecuado resguardo del debido proceso, la defensa de los derechos e intereses de los pobres, ausentes, menores, demás incapaces, de los procesados, detenidos y condenados, de conformidad con lo establecido por la Constitución Provincial, la Ley Orgánica de la Defensa Pública y las Resoluciones y directivas impartidas o que en el futuro imparta el Defensor General.
De esta forma, promueve y elabora mecanismos de defensa y protección de los derechos humanos dentro del ámbito de su competencia, especialmente en cuanto a las funciones que a continuación se detallan, en la que es asistido por un Abogado Adjunto y personal del Escalafón Técnico Administrativo:
  1. Proyecta recursos, acciones y planteos deducidos por el Defensor General ante el Superior Tribunal de Justicia Provincial, la Corte Suprema de Justicia de la Nación y Organismos y Tribunales Internacionales, relacionados con las materias que son de incumbencia del Ministerio de la Defensa y de conformidad con las instrucciones que en cada caso reciba del Defensor General;
  2. Proyecta los trámites de continuación de recursos deducidos por los Defensores Públicos de todas las Circunscripciones Judiciales;
  3. Instrumenta un sistema documental de doctrina y jurisprudencia, destinado a brindar apoyo específico a las distintas oficinas de la defensa, en temas específicos que fueran en cada ocasión planteados por los Funcionarios y Magistrados de este Ministerio;
  4. Diagrama la organización y el funcionamiento del Banco de Datos sobre afectación de Derechos Humanos, de conformidad con la reglamentación que se dicte al respecto;
  5. Confecciona anualmente un Digesto con las Resoluciones de carácter e interés general dictadas por el Defensor General;
  6. Articula mecanismos de control en relación con las condiciones de salubridad e higiene de los lugares de detención y el respeto de los derechos humanos de las personas privadas de su libertad, coordinando en cada caso actividades con las oficinas de asistencia al detenido y condenado que funcionan en cada Circunscripción Judicial;
  7. Elabora, conforme las instrucciones generales o particulares que reciba del Defensor General, proyectos de resoluciones vinculadas con las temáticas de incumbencia propia de la Defensoría General;
  8. Proyecta y organiza actividades de capacitación, conforme a las necesidades que surgen de la actividad del servicio de la defensa, de acuerdo a lo que determine el Defensor General, conjuntamente con el Consejo de la Defensa y la Escuela de Capacitación Judicial;
  9. Proyecta convenios de cooperación con distintas instituciones, para capacitación o con cualquier otro de los objetivos vinculados con el servicio de defensa;
  10. Proyecta, conforme las instrucciones que reciba del Defensor General, el informe público anual del art. 14º incs. 17 y 19 de la ley 4920;
  11. Cualquier otra tarea relacionada con la competencia que por la presente se le fija que le sea encargada por el Defensor General.-
 
Secretaría de Relaciones Institucionales
 
Tiene como misión promover, favorecer y fortalecer las relaciones internas y externas de la Defensa Pública, especialmente con los demás organismos del Estado y las organizaciones de la comunidad con objetivos afines, procurando la coordinación y ejecución de acciones concretas que faciliten el cumplimiento de las funciones asignadas al Ministerio de la Defensa, de conformidad con lo establecido por la Constitución Provincial, la Ley Orgánica de la Defensa Pública y las Resoluciones y directivas impartidas o que en el futuro imparta el Defensor General;
De esta forma, elabora dispositivos de actuación orientados a profundizar la interrelación del Ministerio de la Defensa con otros organismos -públicos y privados- y con los miembros de la comunidad destinatarios del servicio, todo ello dentro del ámbito de la competencia instituida en las funciones que a continuación se detallan, siendo asistido en todos los casos por un Abogado Adjunto y personal del Escalafón Técnico Administrativo:
  1. Atiende los trámites elevados al Defensor General relacionados con las facultades de superintendencia de éste y en particular en todo lo vinculado con cuestiones administrativas, de organización y administración de recursos humanos y materiales; 
  2. Proyecta instrumentos y acciones para avanzar en la definición de una política de recursos humanos y tiene a su cargo la coordinación con la Secretaría de Acuerdos del Superior Tribunal de Justicia todo lo inherente a la carrera técnico administrativo y los trámites vinculados con cuestiones de personal;
  3. Diagrama y coordina programas de capacitación, en especial sobre  temáticas que son de incumbencia directa del Ministerio de la Defensa, y procura la participación en los mismos no sólo de los Magistrados, Funcionarios y Empleados de la Defensa Pública, sino también de agentes y personas físicas o jurídicas ajenas a la institución;
  4. Procura que las acciones de capacitación desarrolladas en el ámbito o con participación del Ministerio de la Defensa, estén encaminadas a la formación teórico-práctica de los postulantes, propendiendo al mejoramiento de la calidad del servicio;
  5. Desarrolla las actividades de capacitación de los agentes externos, previendo la futura integración de los mismos en alguna de las agencias de la defensa o en los organismos con los cuales se suscriban acuerdos de vinculación institucional;
  6. Coordina con instituciones y organismos vinculados con la comunicación, la implementación de programas de difusión de derechos y garantías constitucionales, así como también sobre las condiciones y modos de acceder a los servicios de la defensa y demás instituciones públicas o privadas con las que se suscriban convenios;
  7. Promueve la suscripción de convenios con organismos públicos y privados y en particular con organizaciones de la comunidad, para la ejecución de acciones concretas vinculadas con las materias atendidas por las distintas Oficinas del Ministerio de la Defensa;
  8. Proyecta los convenios a suscribir por el Defensor General, conforme las directivas especiales dadas por éste en cada caso;
  9. Promueve mecanismos y dispositivos que faciliten la comunicación con el público y el control de gestión, con participación de los usuarios del servicio de la defensa y de las organizaciones afines con las que se hubiese convenido previamente;
  10. Elabora, a pedido del Defensor General, proyectos de resoluciones vinculadas con las temáticas que son de incumbencia del Ministerio Público;
  11. Colabora, en cuanto a la labor que le compete, con la Secretaría de Gestión Judicial, en la elaboración del informe público anual, del art. 14º inc.19 de la ley 4920;
  12. Cualquier otra relacionada con la competencia que por la presente se le fija que le sea encargada por el Defensor General.-

 

 

Año
2003