Jurisprudencia Penal
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Doctrina relacionada
Algunas cuestiones sobre la configuración del Delito aquí tratado. Inconstitucionalidad del art. 210 del CP. Denuncia telefónica anónima. Desistimiento Fiscal de la acusación
“A los fines de la configuración del delito de asociación ilícita no sólo debe existir el “pactum sceleris”, sino que éste debe dar vida a una asociación estable y persistente en el tiempo de tres o más personas; se requiere que exista una cierta asignación de funciones, una división de las tareas como manifestación de una estructura interna.
“Corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 210 del Cód. Penal, pues la indeterminación de tipo y la escasa o nula determinación del bien jurídico protegido que surge de su texto contraría gravemente e principio de legalidad consagrado por el art. 18 de la CN (del voto del Dr. Federico).”. (DPSc1)
TOCF 1; Giraudi, Pablo E. y otros; Publicado en LA LEY 2003-D,27