Resolución Nº 180/05
Rawson, 4 de noviembre de 2005.-
VISTO:
               
La nota de fecha 2 de noviembre del corriente año presentada en esta Defensoría General por el Señor Angel Callupil, en su carácter de Secretario Regional Sur del Equipo Nacional de Pastoral Aborigen (ENDEPA); y 
CONSIDERANDO:
Que, invocando el Convenio oportunamente firmado por el suscripto con el Coordinador Nacional de ENDEPA, don Germán José Bournissen, el Señor Angel Callupil solicita en la nota de mención el apoyo de este Ministerio Público para la realización de una actividad de investigación participativa con los integrantes de la Comunidad Mapuche-Tehuelche de Chacay Oeste y Laguna Fría, ubicada al sur de la localidad de Gan Gan;
Que, de acuerdo a lo informado, la citada actividad tiene como objetivo brindar apoyo técnico e institucional a los integrantes de esa Comunidad en la construcción colectiva de los límites geográficos de las tierras que vienen ocupando ancestral e ininterrumpidamente desde el año 1903;
Que, en el marco de lo anterior, se solicita al suscripto la asignación del agente Alberto Villalonga, dependiente de esta Defensoría General, para participar de tal actividad entre los días 8 y 11 del corriente mes y año, ambos inclusive;
Que, fundan lo solicitado aludiendo que el agente Alberto Villalonga conoce la zona y la comunidad, refiriendo además que, atento a su formación de Técnico Universitario en Antropología Aplicada, cuenta con las herramientas teóricas y metodológicas necesarias para llevar a cabo la actividad;
Que, en relación con lo anterior, ENDEPA se haría cargo del traslado del agente, poniendo a su disposición un vehículo perteneciente a esa organización y la Comunidad le brindaría alojamiento durante la estadía en la zona;
Que, analizando lo hasta aquí expuesto, a luz del Convenio vigente entre el Ministerio de la Defensa y ENDEPA, resulta procedente hacer lugar a lo peticionado, encuadrando lo anterior en la cláusula segunda del referido Convenio, que reza: “El mencionado Programa de Cooperación Técnica incluirá, entre otras, las siguientes acciones: 1.- Asistencia técnica recíproca para el tratamiento de temas inherentes a la competencia de las Partes... 3) Articulación de recursos materiales, humanos y de cualquier tipo...;
Que por tal razón, resulta necesario disponer la comisión de servicios del agente Alberto Villalonga, durante los días 8 al 11 del corriente mes y años, a los fines de concurrir a la Comunidad Mapuche-Tehuelche de Chacay Oeste y Laguna Fría, liquidando a su favor sólo tres (3) tres días de viáticos, por cuanto el traslado quedará a cargo de ENDEPA;  
                                       
POR ELLO:
EL DEFENSOR GENERAL
RESUELVE
1º) DISPONER la comisión de servicio del agente Alberto Villalonga, durante los días 8 al 11 del corriente mes y años, a los fines de concurrir a la Comunidad Mapuche-Tehuelche de Chacay Oeste y Laguna Fría, liquidando a su favor sólo tres (3) tres días de viáticos, por cuanto el traslado y algunos de sus gastos quedarán a cargo de ENDESA, por lo que corresponde relevarlo de sus tareas habituales durante el período referido.-
2º) Regístrese, Comuníquese a la Dirección de Administración con copia de la presente, cumplido Archívese.-
RESOLUCION Nº 180/05 D.G.
Año
2005