Resolución Nº 119/08

 

Rawson, 17 de Junio de  2008.-
 
VISTO:
La renuncia presentada por el Dr. Sergio María ORIBONES y su aceptación efectuada mediante Resolución N° 100/08 D.G; y
                                      
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo al artículo 196 de la Carta Magna Provincial este Ministerio está integrado por el Defensor General y por los Defensores y demás funcionarios que de él dependen de acuerdo a la ley, facultando al titular de la Defensa Pública a fijar las políticas tendientes a resguardar adecuadamente el debido proceso, la defensa en juicio de las personas y de los derechos y tiene a su cargo la defensa de los intereses de los pobres, ausentes, menores y demás incapaces y de los presos y condenados, en los casos y bajo los recaudos de las leyes y las otras funciones que éstas establecen, concluyendo la citada norma que tiene la superintendencia;
Que, el artículo 14 incs. 1; 2 y 10 de la Ley Orgánica 4920, reitera que, como titular de la Defensoría General, corresponde al suscripto ejercer funciones de superintendencia e impartir instrucciones de carácter general en miras a un mejor desenvolvimiento del servicio de la Defensa Pública y a optimizar los resultados en la gestión;
 
Que, asimismo, el inc. 10 de la misma norma legal, faculta al suscripto a designar a los Defensores Jefes en su función; contemplando el artículo 17 que dicha designación sea efectuada entre el cuerpo de Defensores y Asesores de cada Circunscripción;
Que, a partir de lo resuelto por  Acuerdo Plenario N° 3673, con concurrencia de los Ministerios Públicos -del 29 de octubre del año 2007-, se resolvió horizontalizar las remuneraciones de todos los Defensores Públicos y Asesores de Familia equiparándolas con las del Defensor Jefe, antes Defensor de Cámara;
Que, así las cosas, se han cumplido las dos condiciones que hacen, en este aspecto, operativa la Ley Orgánica 4920, esto es, la sanción y puesta en efectiva vigencia del nuevo Código Procesal Penal y la horizontalización en materia salarial;
Que, cumplidos de esta forma los requisitos legales para la aplicación del artículo 17 de la Ley 4920, habré de seguir en el caso idéntico criterio al dispuesto en la Resolución Nº 281/07 D.G., donde ya expuse que la figura del Defensor Jefe deja de ser un cargo jerárquico y estable para transformarse en una función, que es esencialmente dinámica y rotativa entre los Defensores Públicos y Asesores de Familia de la Circunscripción Judicial de que se trate;
Que, corresponde entonces designar Defensor Jefe para la Circunscripción de Comodoro Rivadavia, de entre los Defensores y Asesores de Familia e Incapaces de esa ciudad y de la localidad de Sarmiento;
Que para ello, debí evaluar exhaustivamente las distintas condiciones personales y laborales que debe reunir el Magistrado designado para cumplir tan exigente labor;
Que, en función de lo anterior, haciendo un análisis integrador entre antigüedad en este Ministerio, el cargo actualmente ejercido, desempeño en el mismo, asiento en la ciudad cabecera de la Circunscripción, formación técnica, condiciones personales y demás antecedentes que explicitaré a continuación, adelanto que la designación recaerá en la Dra. Iris Amalia MOREIRA, actual Defensora Pública de la ciudad de Comodoro Rivadavia en ejercicio provisorio de las funciones de Jefatura, conforme lo dispuesto por Resolución Nº 102/08 D.G;
Que, además, la Dra. Moreira posee una notable trayectoria en el Ministerio de la Defensa, una formación técnica y académica destacadas, y ha trabajado en todas las materias que tratan las distintas Oficinas de la Defensa, a lo que cabe sumar que un importante ejercicio privado de la abogacía en la misma ciudad y haber ejercido en forma provisoria la Jefatura de la Circunscripción en reiteradas ocasiones ante la ausencia del titular, en forma incuestionable;
Que, a lo antedicho, se agrega que enterada de la propuesta, manifestó su clara disposición a ejercer las responsabilidades encomendadas, tomándolo como un desafío personal y laboral que no dudo, ha de transitar con eficiencia;
Que, finalmente, también seguiré en la presente el criterio adoptado en la Resolución Nº 290/07 D.G, en cuyo marco se relevó de la atención del despacho de la Asesoría de Familia e Incapaces a la Magistrada designada Defensora Jefe en la Circunscripción Judicial de Trelew, Dra. Julia Haydeé Laborda; ello así, por la compleja y diversa carga funcional que en el nuevo esquema trae aparejado el rol de Defensor Jefe, a partir de tener que cumplir no sólo con la manda  establecida en los cinco incisos del artículo 18 de la Ley 4920, sino también con las funciones de superintendencia expresamente delegadas por el suscripto a las Jefaturas de Circunscripción, mediante Resolución Nº 18/03 D.G;
Que, este relevo de sus tareas habituales se justifica plenamente cuando se advierte que entre los cometidos de la nueva función se cuentan, a modo simplemente enunciativo: 1) la coordinación de la marcha del diseño de unificación de las distintas oficinas de la circunscripción y de sus procesos de trabajo; 2) la adecuación de la organización al nuevo sistema procesal penal; 3) la profundización de las líneas de acción en la defensa de los nuevos derechos; 4) el relevamiento cualitativo y cuantitativo de la demanda; 5) la intensificación de las acciones de prevención de violencia institucional con especial atención en el control de los lugares de detención y el seguimiento de los casos de torturas, tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes; 6) el mejoramiento de las acciones institucionales que permitan una estricta aplicación de lo dispuesto por la Carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia (Ley 5442 y Resolución Nº 25/06 D.G.) y 7) el control y la optimización progresiva de los Centros de Atención que funcionan en la Circunscripción, entre otras;
Que, la presente se dicta de conformidad con las facultades conferidas al suscripto por los artículos 194; 196 y 197 de la Constitución Provincial y 9; 10; 14 sgtes. y ccdtes de la Ley 4920y con fundamento en lo establecido en las Leyes 4920, 5478, 5057, Acuerdo Plenario N° 3673 y Resolución Nº 18/03 D.G y;
POR ELLO:
EL DEFENSOR GENERAL
RESUELVE
1º) DESIGNAR a la Dra. Iris Amalia MOREIRA,actual Defensora Pública, como Defensora Jefe de la ciudad de Comodoro Rivadavia, debiendo tomar posesión de la función encomendada a partir del juramento de ley.- A tal fin, fíjase audiencia pública para el día 19 del corriente mes y año, a las 19 horas en la Sala de Audiencias de la Cámara del Crimen de la ciudad de Comodoro Rivadavia, cuyo préstamo se agradece a los Señores Camaristas por este medio.- 
2º) RELEVAR a la Magistrada designada, a partir del juramento, de la atención del despacho de la Oficina Penal en la que cumple funciones.-  
3º) COMUNICAR lo resuelto a la Dra. Iris Amalia Moreira, al  Consejo de la Defensa Pública, a los restantes Defensores Jefes y a la Señora Jefa Provincial del Servicio Social y, por intermedio de éstos, a la totalidad de los Magistrados, Funcionarios y Empleados bajo su dependencia.-
4º) REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE; cumplido, ARCHÍVESE.-
RESOLUCIÓN Nº 119/08 DG

 

 

Año
2008