Comodoro Rivadavia, 16 de junio de 2016.-

Visto:

Las Resoluciones N° 2/15 JDPCR y N° 18/15 JDPCR;

Considerando:

1. Que, en vistas de mejorar la gestión de la “complejidad” de los casos que ingresan a la Defensoría Civil y en definitiva, la atención de nuestros usuarios, por Resolución N° 12/15 JDPCR, se reorganizó la distribución del trabajo por Áreas especializadas y, al Área de Conflictos Interpersonales le fue asignada la asistencia jurídica de las personas para el ejercicio de los derechos derivados e inherentes a: a) las relaciones de familia (matrimonio, divorcio, uniones convivenciales, familia ensamblada, filiación, parentesco, adopción, responsabilidad parental, b) el género y la violencia familiar, c) la no discriminación, d) la dignidad, la imagen, las libertades esenciales de la persona, el consentimiento libre, e) la identidad, f) la bioética, g) por imperativo legal, la ausencia de la persona en un juicio dirigido en su contra y h) toda otra situación de conflicto jurídico que no sea de incumbencia del Área de Derechos Económicos Sociales y Culturales ni del Área de Casos Complejos y Litigio Estratégico. También se dispuso su integración con la Dra. Laura Nogués Peralta y el Dr. Helio Guillermo Álvarez como Magistrados responsables y el equipo de Abogadas Adjuntas (Dras. Mónica Sanz, Carina Dúo y María Emilia López), quienes, para cumplir con las disposiciones de los arts. 20, 24 y 36 Ley V N° 139, conformaron dos (2) equipos de trabajo.

Sin embargo, la dinámica de las relaciones interpersonales de nuestros usuarios determina que una numerosa cantidad de casos requieran de la intervención de tres (3) Magistrados para representar los intereses de cada parte en el conflicto.

2. Que, con el objetivo de reforzar el trabajo de las Asesoras de Familia y de los Defensores y Defensoras Civiles ante el conflicto del Servicio de Protección de Derechos – que, todavía no encuentra soluciones definitivas para su superación y reclamar para y por nuestros usuarios las prestaciones específicas que cubran sus necesidades - por Resolución N° 18/15 JDPCR, la Defensora Pública, Dra. María Matilde Cerezo quedó incorporada al Área de la Defensoría Civil y, en principio, se encuentra avocada a la ejecución de tareas extrajudiciales de apoyo a todas las Áreas de la Defensa Pública, respecto de colectivos de personas en situación de vulnerabilidad; y también, en la medida de las necesidades, interviene en procesos judiciales de violencia de género y familiar, asistiendo jurídicamente a las partes del conflicto.

3. Que, así las cosas, me veo obligada a ponderar los recursos humanos disponibles y las necesidades de asistencia jurídica y de gestión de casos y causas planteadas por la demanda, siempre creciente e impostergable, de nuestro servicio de asistencia jurídica.

Analizadas las distintas alternativas, resulta equitativo y adecuado a la cobertura de las necesidades del servicio, que la Defensora Pública Dra. María Matilde Cerezo a partir del 1 de setiembre de 2016 se incorpore formalmente al servicio de guardias del Área de Conflictos Interpersonales y que, a partir del 1 de octubre de 2016, cuando, contemos con la cantidad de personal necesaria para la conformación de tres (3) equipos de trabajo, comience a trabajar en las distintas submaterias del área, formando equipo con la Abogada Adjunta, Dra. Mónica Edit Sanz.

4. Que, el día 19 de setiembre de 2016, se reincorporará la Abogada Adjunta, Dra. Carina Dúo y, desde ese día continuará formando equipo con el Dr. Helio Guillermo Álvarez como lo hizo hasta el inicio de su licencia por embarazo y maternidad.

5. Que, por razones operativas, desde el 1 de octubre de 2016, cesará la intervención de la Abogada Adjunta, Dra. Mónica Sanz en los casos en que hubiera formado equipo con el Dr. Helio Guillermo Álvarez.

6. Que, a partir del 1 de octubre de 2016, los nuevos casos que ingresen al Área de Conflictos Interpersonales se repartirán, equitativamente, entre las Defensoras Públicas, Dras. Laura Nogués Peralta y María Matilde Cerezo y el Defensor Público, Dr. Helio Guillermo Álvarez, con independencia de que la Abogada Adjunta, Dra. Mónica Edith Sanz hubiera asistido jurídicamente, con anterioridad, a la parte contraria.

7. Que, asimismo, la Dra. María Matilde Cerezo, intervendrá como Defensora Pública en todas las causas que correspondían al equipo que integraron, hasta fines del año pasado, la Dra. María Andrea Caleri y la Dra. Mónica Edith Sanz.

 

Por estas razones y el deber – atribución del art. 18 inc. 1° Ley V N° 139;

 

Resuelvo :

 

1) A partir del 1 de setiembre de 2016, la Defensora Pública, Dra. María Matilde Cerezo se incorporará al servicio de guardias del Área de Conflictos Interpersonales.

2) A partir del 1 de octubre de 2016, la Defensora Pública, Dra. María Matilde Cerezo comenzará a trabajar en las todas las submaterias del área, formando equipo con la Abogada Adjunta, Dra. Mónica Edit Sanz y asumirá la representación judicial de las personas en los casos tramitados por el equipo que integraron hasta fines del año pasado la Dra. María Andrea Caleri y la Dra. Mónica Edith Sanz.

3) Que, por razones operativas, desde el 1 de octubre de 2016, cesará la intervención de la Abogada Adjunta, Dra. Mónica Sanz en los casos en que hubiera formado equipo con el Dr. Helio Guillermo Álvarez.

4) Desde el 1 de octubre de 2016, los nuevos casos que ingresen al Área de Conflictos Interpersonales se repartirán, entre las Defensoras Públicas, Dras. Laura Nogués Peralta y Dra. María Matilde Cerezo y el Defensor Público Dr. Helio Guillermo Álvarez, con independencia de que la Abogada Adjunta Mónica Edith Sanz hubiera intervenido, con anterioridad, asistiendo jurídicamente, a la parte contraria.

5) Notificar la presente a los agentes del Ministerio Público de esta Circunscripción y al señor Defensor General.

Iris Amalia Moreira
Defensora Jefa

 

Año
2016