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 “Este Tribunal ha resuelto reiteradamente que cuando se trata de resguardar el interés  superior del niño, atañe a los jueces buscar soluciones que se avengan con la urgencia y la  naturaleza de las pretensiones, encauzar los trámites por vías expeditivas y evitar que el rigor de las  formas pueda conducir a la frustración de derechos que cuentan con particular tutela constitucional  (Fallos: 324:122; causa L.1153.XXXVIII "Lifschitz, Graciela Beatriz c/ Estado Nacional" del 15 de  junio de 2004, conf. dictamen del señor Procurador General de la Nación, y sus citas).” “ Conviene recordar asimismo que los menores, con quienes en este aspecto corresponde equiparar a  los discapacitados, a más de la especial atención que merecen de quienes están directamente obligados  a su cuidado, requieren también la de los jueces y de la sociedad toda, siendo que la consideración  primordial del interés del incapaz, viene tanto a orientar como a condicionar la decisión de los jueces  llamados al juzgamiento de estos casos (v.doctrina de Fallos: 322:2701; 324:122.-)
La atención y asistencia integral de la discapacidad constituye una política pública de nuestro país que,como tal, debe orientar la decisión de los jueces llamados al juzgamiento de esos casos (cfr.Dictamen  del Procurador General de la Nación en la causa). se remite la Corte Suprema en la sentencia del 15-6- 2004), y que no puede ser dejada de lado por un ente situado, finalmente, en la  órbita del Poder  Ejecutivo Nacional, desde que resulta obligación impostergable de la autoridad  pública emprender, en ese campo, acciones positivas dirigidas a promover y facilitar el acceso efectivo a los servicios médicos y de rehabilitación  (cfr. en ese sentido, esta Sala, causas 11.469/01 del 9-12-2004  y 7925/02 del 5-5-2005, y s "... los discapacitados, a más de la especial atención que merecen de quienes están directamente obligados  a su cuidado, requieren también la de los jueces y de la sociedad toda, siendo que la consideración  primordial del interés del incapaz, viene tanto a orientar como a condicionar la decisión de los jueces  llamados al juzgamiento de estos casos"
Jurisprudencia Civil