Jurisprudencia Penal
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Apertura a prueba en la etapa de revisión de sentencia:
En este caso la Cámara advierte que la apertura a prueba en "esta segunda instancia", tiene carácter restrictivo. Sin embargo, los principios de "verdad real" y de justicia, "...imponen al Tribunal el deber de extremar todo esfuerzo que permita aventar, en la mayor medida  posible, los márgenes de error judicial.".-
* Temas relacionados en el fallo: Principio de Congruencia
Del voto de la Dra. Mónica Rodríguez
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