Resolución Nº 119/06

Trelew,  29 de Noviembre de 2006.
 
VISTO: La Resolución N° 08/01 de la Defensoría General, la Resolución N° 17/01 de la Defensoría de Cámara de Trelew y el art. 18 de la Ley N° 4920, Orgánica de la Defensa Pública, por los que se faculta a los Defensores Jefes para asignar tareas a los Defensores Públicos, Abogados Adjuntos y demás funcionarios y empleados del Ministerio de la Defensa, según convenga a la mejor prestación del servicio en cada circunscripción; y

CONSIDERANDO: Que por Resolución de Superintendencia Administrativa N° 3781/06 R.R.H.H. se resolvió adscribir a partir del 01 de diciembre de 2006 al actual Oficial del Juzgado de Instrucción N° 3, Sr. Carlos Antonio Flores Pericich, a la oficina de la Defensa Penal de la ciudad de Trelew.
Que corresponde determinar cuáles serán las tareas que cumplirá el agente en dicha oficina. En tal sentido y atento el título de abogado que detenta el profesional adscripto, aparece atinado asignarle funciones de guardia nocturna, a fin de concurrir a todas las Comisarías de esta circunscripción, ante cada comunicación efectuada al celular de turno que se le asigne, por hallarse una persona privada de su libertad, cualquiera fuera la razón, todo ello a efectos de entrevistarse con cada una de ellas, controlar las condiciones de detención y verificar la posible existencia de situaciones de tratos crueles, inhumanos o degradantes, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por las Resoluciones N° 95/03 D.G., 138/03 D.G. y 86/04 D.G., debiendo informar en cada caso al Defensor en turno en forma inmediata.
Por ello, y lo normado por el art. 18 de la Ley 4920, y las Resoluciones N° 08/01, 18/03 y N° 17/01 D.C.Tw.,
 
LA DEFENSORA JEFE
R E S U E L V E:
 
1º) Disponer  que a partir del día 01 de diciembre de 2006, el agente Sr. Carlos Antonio Flores Pericich, Oficial adscripto a la Oficina de la Defensa Penal de la ciudad Trelew, cumpla funciones de guardia nocturna (de 19,00 a 7,00 horas, durante los días hábiles y las 24 horas en días inhábiles, a excepción de un fin de semana por mes), a fin de concurrir a todas las Comisarías de las ciudades de Trelew, Rawson, Playa Unión, Gaiman y Dolavon, ante cada comunicación efectuada al celular de turno que se le asigne, por hallarse una persona privada de su libertad, cualquiera fuera la razón, todo ello a efectos de entrevistarse con cada una de ellas, controlar las condiciones de detención y verificar la posible existencia de situaciones de tratos crueles, inhumanos o degradantes, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por las Resoluciones N° 95/03 D.G., 138/03 D.G. y 86/04 D.G., debiendo informar en cada caso al Defensor en turno en forma inmediata.
2°) En cada caso el agente deberá disponer las acciones y medidas legales que resulten necesarias conforme las directivas generales y particulares que le sean impartidas desde la Jefatura, la Oficina de la Defensa Penal y/o las Asesorías de Familia e Incapaces. El agente deberá, además, dar cuenta a la Oficina de la Defensa que corresponda de cada una de las intervenciones realizadas, en el horario diurno en que concurra.
3°) Durante el horario diurno, el agente tendrá obligación de concurrir a su lugar de trabajo, con una flexibilidad horaria que dependerá de la efectiva actividad que haya tenido que desarrollar durante la noche, colaborando con las tareas de la Oficina de Asistencia al Detenido, sin perjuicio de las demás tareas que le pueda encomendar esta Jefatura.
4°) Regístrese, póngase en conocimiento de la Defensoría General y notifíquese a los interesados.
 
 
MONICA RODRÍGUEZ
DEFENSORA JEFE

 

 

Año
2006