Jurisprudencia Penal
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Encubrimiento de cosas provenientes de un delito. Elementos subjetivos del tipo.
El aquo condenó a JIC a la pena de dos años de prisión por el delito de Encubrimiento "de cosas provenientes de un delito", (Arts. 45 y 277, ap. 1.c del C.P.).
En el caso resulta de sumo interés la fundamentación esgrimida por la Cámara Penal al analizar cuáles son las inferencias correctas derivadas de los indicios -hechos probados-, obrantes en la causa.-
El Magistrado opinante además destaca que, la doctrina ha entendido, de manera unánime, que este tipo penal requiere dolo directo por parte del agente para su configuración.-
Temas relacionados en el Fallo: Indicios. Inferencias Correctas
Del voto del Dr. Sarquis