Jurisprudencia Penal
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En el caso, el Juez que presidió la audiencia preliminar decretó el sobreseimiento del imputado. Los Ministros del STJCh, contestando la impugnación extraordinaria fiscal, revocaron la medida por entender que el Magistrado había excedido los parámetros propios de la audiencia preliminar; valorando la prueba presentada y decidiendo en consecuencia. Cuestión que quedaba restringida a la audiencia de debate oral y pública.
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Nota: ¡¡El Magistrado que guía el acuerdo equipara los efectos del sobreseimiento con los de la absolución. Así las cosas se presenta el interrogante sobre la prohibición constitucional de doble juzgamiento o ne bis in idem!!