Resolución Nº 26/06

Esquel,  16 de Junio de 2006.
VISTO:

La Res. 20/06-DGE,
 
CONSIDERANDO:

Que mediante dicha resolución se dispuso conformar una comisión Ad-hoc para que, sobre la base del relevamiento realizado por la Oficina de Asistencia Técnica, efectúe el correspondiente análisis de las distintas causas penales en las que interviene este Ministerio y elabore un informe final en el que debería proponerse a esta Jefatura la forma en que se deberían redistribuir equitativamente las causas penales en las que tiene intervención la Defensa Penal y bajo que criterio se deberían asignar las nuevas causas en las que le corresponda intervenir este Ministerio.

Que al respecto se ha acordado cual resultaría el criterio más conveniente para distribuir las causas en general, estableciéndose que las causas a asignar deberían discriminarse de acuerdo al fuero que correspondan: Criminal y Correccional  y luego, teniendo en cuenta el orden de ingreso, serían asignadas de a una por cada Oficina de la Defensa Penal y Contravencional.

Que asimismo se acordó que cada Oficina conservaría la intervención en cada una de las causas que a la actualidad tienen asignadas.
Que por otra parte, también se ha establecido que sin perjuicio del criterio general referido precedentemente, hasta tanto se equipare la cantidad de causas  asignadas a las distintas oficinas, deviene la necesidad de buscar una metodología que coadyuve a lograr una mayor equidad.

Que de la misma manera debe tenerse en cuenta la actual circunstancia que afecta a la Oficina de la defensa Penal y Contravencional Nº 3 a partir de la renuncia de la entonces Defensora Pública, Dra. Analía M. Murillo.

Por ello, atento las facultades que le confiere el art. 18 de la ley 4920, el Señor Defensor Jefe de la Circunscripción de Esquel,
 
RESUELVE:

 
1º) Establecer que las causas penales en las que corresponda intervenir a la Oficina de la Defensa Penal y Contravencional, previa a su asignación deberán clasificarse, teniendo en cuenta la calificación provisoria que surja del estado procesal de las mismas, en Criminales o Correccionales.
Seguidamente teniendo en cuenta el fuero al que correspondan y orden de ingreso de las mismas se asignará de a una por cada Oficina de la Defensa Penal y Contravencional, comenzando por la Oficina Nº 1.
2º) Establecer que cada una de las Oficinas de la Defensa Penal y Contravencional continuarán interviniendo en las causas que al día de la fecha registran asignadas según el relevamiento efectuado por la Oficina de Asistencia Técnica que se detalla en las planillas anexas.
3º) Disponer que las causa Criminales, sin perjuicio de lo establecido en el punto 1º) de la presente, a partir del 20/06/06 y hasta tanto se equipare la cantidad de las mismas entre las tres oficinas, deberán ser distribuidas equitativamente entre las Oficinas Nº 2 y 3, comenzando por la Oficina Nº 2.
4º) Disponer que las causas Correccionales, sin perjuicio de lo establecido en el punto 1º) de la presente, a partir del 20/06/06 y hasta tanto la Oficina de la Defensa Penal y Contravencional Nº 3 no se encuentre integrada con un Defensor Público y un Abogado Adjunto, deberán ser distribuidas según la siguiente relación: cada dos (2) causas para las Oficina Nº 1 y Nº 2, se asignará  una (1) a la Oficina Nº 3, comenzando por la Oficina Nº 1.
5º) Disponer que la distribución de causas será llevada a cabo por el Agente Oscar Roberto García bajo el control de la Oficina de Asistencia Técnica y la supervisión de esta jefatura.
6º) Regístrese, notifíquese, cúmplase, comuníquese y archívese.-
 
Eduardo Ramón Marsal
Defensor Jefe
Circunscripción de Esquel

 

 

Año
2006