Jurisprudencia Penal
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Papeles Privados
“El secuestro de correspondencia epistolar, está rodeada de requisitos y formalidades cuya omisión no justificada tipificará por ej. violación de secretos (157 CP).”.
* Solo el juez que entiende en la causa puede leer su contenido. Concepto amplio de correspondencia. Fruto del árbol envenenado. (c2)
CSJM; Sala 2da., 20/11/91, Fdo. Pierro Rubén G.