Presentación
La Defensa Oficial fue concebida históricamente desde la micro-cultura institucional -quizá por su cercanía con los pobres- como la hermana bondadosa, comprensiva, solidaria y austera del sistema.- Esto determinó a lo largo del tiempo la construcción de una identidad marcada por un estereotipo que responde a aquéllas particularidades.- Poder visualizarlo y sobre todo comprender la implicancia que en lo funcional acarrea tal estereotipo es el primer gran desafío que debiéramos asumir los integrantes de cualquier Defensa Pública Oficial.
Muy distinta es la encomienda que el nuevo plexo constitucional le asigna al Ministerio de la Defensa Pública, en tanto lo concibe, al menos para nuestra región, marcada por grandes desigualdades en todos los campos, como una herramienta indispensable en la lucha por la defensa proactiva de los derechos humanos, lo que, en términos operativos, implica batallar contra las reiteradas y flagrantes violaciones de derechos a las que de común se encuentran sometidos vastos sectores de nuestras sociedades.
Es claro, entonces, que es imposible atender tan sustancial tarea con el perfil histórico de Defensa Pública al que se alude al comienzo, lamentablemente aún hoy presente en muchas de nuestras organizaciones, que continúan actuando bajo modelos burocratizados, en los que es, a menudo, imposible siquiera visualizar esta nueva carga constitucional.-
Por tal motivo lo que se expone en adelante respecto de la Defensa Pública de Chubut, intenta materializar una propuesta de trabajo deliberadamente definida y ejecutada en miras de asumir en plenitud el rol proactivo al que obliga el programa político del plexo constitucional.
Todo este marco institucional ha ido consolidando en los últimos años un perfil de Defensa Pública Oficial consustanciada con la defensa proactiva de los derechos humanos.
Existe cabal comprensión en la gran mayoría de los integrantes de la defensa provincial respecto de que si el servicio no se transforma en una herramienta del Estado para que el Estado respete los derechos que ha declarado, pierde todo sentido. En la misma línea, la gran mayoría de los operadores tiene claro que para ello resulta indispensable revertir el mote con el que históricamente ha sido concebida la Defensa Oficial, al que se aludiera al comienzo de este trabajo.
Esto último se observa sobre todo en materia de defensa de los derechos de los detenidos, en cuyo marco no sólo se han incrementado las visitas e inspecciones a los lugares de detención, sino también la presentación de denuncias e interposición de habeas corpus individuales y colectivos, denunciando en forma permanente las condiciones de hacinamiento y otras degradantes de detención.
Algo similar ha sucedido con la defensa de los derechos económicos, sociales y culturales, materia ésta en la que también se ha acrecentado notoriamente la actuación de las Oficinas de la Defensa Civil, de Pobres y Ausentes y Asesorías de Familia e Incapaces, al igual que en el caso anterior, no sólo en la defensa de derechos individuales sino también de incidencia colectiva.
Justo es reconocer que una actuación de esta naturaleza indefectiblemente acarrea incomodidades, hacia adentro y hacia fuera del Sistema Judicial, en especial con los representantes del Poder Administrador de turno, ello así por ser el Estado el que usualmente aparece como el principal destinatario de la gran mayoría de los reclamos efectuados en defensa de derechos individuales o de incidencia colectiva.
No obstante parece sensato recordar que con lo expuesto, no se ha hecho más que tratar de cumplir lo más fielmente posible con el mandato constitucional, siguiendo, además, el derrotero de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en cuanto a intervenir activamente en el abordaje de conflictos individuales y colectivos vinculados con cuestiones de interés público.

